Alcaldía del Ayuntamiento de GaleraExpediente: 665/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de obras por procedimiento abierto denominado "Restitución de parte de la Calle Real, financiado por la Diputación de Granada a través del Plan Provincial de Cooperación de a las Obras y Servicios Municipales (PPOYS) anualidaddes 2022-2023. Obra 2022/2/PPOYS-75. Obra 2022/2/PPOYS-75.
Información sobre la licitación Contrato de obras por procedimiento abierto denominado "Restitución de parte de la Calle Real, financiado por la Diputación de Granada a través del Plan Provincial de Cooperación de a las Obras y Servicios Municipales (PPOYS) anualidaddes 2022-2023. Obra 2022/2/PPOYS-75. Obra 2022/2/PPOYS-75 de Alcaldía del Ayuntamiento de Galera. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Galera, del CPV 45000000 o en Granada.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 84.704,50 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 102.492,45 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 91.596,06 €
- Baja
- 7,52 %
- Ofertas recibidas
- 6 (6 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 84.267,46 € – 90.955,00 €
- Fecha de adjudicación
- 25/10/2023
- Formalización del contrato
- 03/11/2023
Documentos
- PCAPPCA.pdfAbrir original
- PPTProyecto Real.pdfAbrir original
- AnexoANEXO I.docAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 meses
Criterios de adjudicación
- Precio menor(Automático)Ponderación: 40
- Importe destinado a control de calidad(Automático)Ponderación: 30
- Ampliación del plazo de garantía(Automático)Ponderación: 20
- Reducción plazo de ejecución(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- 3.1. La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse de la siguiente forma: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente, que deberá alcanzar, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- 3.2. La solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación podrá acreditar su solvencia técnica de conformidad a lo dispuesto en el art. 88.2 de la LCSP.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45000000
- 45211360
- 45233222
- 45231000
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