Teniente de Alcalde de Hacienda, Juventud y Patrimonio Mundial los Dölmenes de AntequeraExpediente: 2023CONTRA000048Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Urbanización y construcción de nichos para completar la dotación existente en el cementerio de la Joya
Información sobre la licitación Urbanización y construcción de nichos para completar la dotación existente en el cementerio de la Joya de Teniente de Alcalde de Hacienda, Juventud y Patrimonio Mundial los Dölmenes de Antequera. Puedes consultar otras licitaciones de Teniente de Alcalde de Hacienda, Juventud y Patrimonio Mundial los Dölmenes de Antequera, del CPV 45215400 o en Málaga.
Organismo contratante
Teniente de Alcalde de Hacienda, Juventud y Patrimonio Mundial los Dölmenes de Antequera
NIF: P2901500E
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Málaga
- Código NUTS
- ES617
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 14.827,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 17.940,67 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 16.187,85 €
- Baja
- 8,41 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 14.380,72 € – 15.702,21 €
- Fecha de adjudicación
- 26/07/2024
- Formalización del contrato
- 19/08/2024
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO PRIMERA FASE PPT.pdfAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedientePROYECTO COMPLETOAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteRESOLUCION DE RECTIFICACION DE ERRORAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 45 días
Criterios de adjudicación
- MENOR OFERTA ECONOMICA(Automático)Ponderación: 70
- AMPLIACION DEL PLAZO DE GARANTIA(Automático)Ponderación: 30
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas: Sí. En su caso, el volumen mínimo anual exigido será de 16187.85 €. El volumen anual de negocios se acreditará mediante copia simple de la declaración a la AEAT en el modelo 390. Cuando el licitador sea una entidad que no esté obligada a realizar declaración de IVA, ese porcentaje deberá reflejarse en las cuentas anuales de la entidad en sus tres últimos ejercicios, aprobadas por el órgano competente, e inscritas en el Registro público correspondiente. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación y no hubiera tenido todavía que rendir o presentar cuentas, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia económica y financiera se acreditará mediante alguno de los siguientes medios: En el supuesto de empresas de nueva creación que carezcan de cuentas anuales registradas deberán aportar declaración censal de comienzo de actividad, así como un informe emitido por una institución financiera que acredite la solvencia económica de la empresa. Deberá constar expresamente que, el banco o entidad financiera que emite el informe, conoce las condiciones del contrato y considera solvente a la empresa para responder de las obligaciones económicas derivadas del mismo.
Solvencia técnica o profesional
- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes efectuadas más de cinco años antes. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. Se considerará acreditada la solvencia cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 11331,49 euros.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45215400
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