Alcaldía del Ayuntamiento de Polopos - La MamolaExpediente: 297/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Remodelación Paseo Marítimo La Mamola, Tramo 2
Información sobre la licitación Remodelación Paseo Marítimo La Mamola, Tramo 2 de Alcaldía del Ayuntamiento de Polopos - La Mamola. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Polopos - La Mamola, del CPV 45000000 o en Granada.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de Polopos - La Mamola
NIF: P1816500A
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Granada
- Código NUTS
- ES614
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 99.808,33 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 120.768,08 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 118.186,30 €
- Baja
- 15,55 %
- Ofertas recibidas
- 5 (5 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 99.808,33 € – 115.586,20 €
- Fecha de adjudicación
- 09/10/2023
- Formalización del contrato
- 11/10/2023
Documentos
- PCAPPCAP REMODELACION PASEO MARITIMO TRAMO 2.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO TRAMO 2 PASEO LA MAMOLA COMPLETO.pdfAbrir original
- AnexoMODELO ANEXO II.docAbrir original
- AnexoMODELO ANEXO I.docAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 60
- VISITA REALIZADA A LA OBRA(Automático)Ponderación: 20
- AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE GARANTÍA(Automático)Ponderación: 10
- REDUCCIÓN DE PLAZO DE EJECUCIÓN(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios del licitador o candidato que, referido al año de mayor volumen de negocios de los tres últimos años concluidos, deberá ser, al menos, igual a una vez y media el valor estimado del contrato (177.279,45 euros) El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el registro Mercantil. De la misma forma, se tendrá en cuenta el importe correspondiente de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias, denominado “Operaciones continuadas: importe neto de la cifra de negocios” y/o equivalente que deberá ser igual o superior al importe requerido y citado anteriormente. Igualmente será válido como documento acreditativo del volumen de negocios el Resumen anual de IVA (mod. 390), declaración del Impuesto de Sociedades (mod. 200) o cualquier documentación análoga en la que quede reflejado o de la que se desprenda el citado volumen de negocios presentado ante autoridad oficial.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica del empresario se acreditará, en los términos previstos en el art. 88 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, mediante: Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, entre las que ha de haber como mínimo una de presupuesto de ejecución material no inferior al importe de licitación del contrato I.V.A excluido. (118.186,30€) Las obras deben ser avaladas mediante certificados de buena ejecución en los que debe indicarse el importe, fechas y lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término, en su caso dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Criterios mínimos: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior a la cantidad equivalente al 70% del valor estimado del contrato (82.730,41 €). Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos del código de la CPV asignado al contrato. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica, se acreditará según lo dispuesto en el artículo 88 f) de la LCSP: “Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente”
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45000000
- 45233251
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