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Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca Expediente: CMAYOR/2025/26Y03/0009Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Obras de reparación de daños producidos sobre infraestructuras agrarias ocasionados por lluvias torrenciales del 28 de octubre al 4 de noviembre de 2024, en los municipios afectados de las comarcas de l'Alt Maestrat, Alto Mijares y Alto Palancia

Información sobre la licitación Obras de reparación de daños producidos sobre infraestructuras agrarias ocasionados por lluvias torrenciales del 28 de octubre al 4 de noviembre de 2024, en los municipios afectados de las comarcas de l'Alt Maestrat, Alto Mijares y Alto Palancia de Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca. Puedes consultar otras licitaciones de Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca, del CPV 45000000 o en Comunidad Valenciana.

Organismo contratante

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

NIF: S4611001A

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Emergencia
Lugar de ejecución
Comunitat Valenciana
Código NUTS
ES52

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
3.305.785,12 €
Importe adjudicado (con IVA)
4.000.000,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
3.305.785,12 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
2 (1 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
05/02/2025
Formalización del contrato
26/02/2025

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 9 meses

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Las empresas licitadoras acreditarán su solvencia económica con la presentación del DEUC, que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP, en el que se manifestará que el volumen anual de negocios, referido al mayor volumen de los últimos tres años disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de la presentación de las ofertas, es de un importe igual o superior a: 0 euros. Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia económica mediante la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 87.3 a) de la LCSP, sin perjuicio de que la acreditación de la solvencia económica de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas, se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.
  • Las empresas licitadoras acreditarán la solvencia económica o financiera mediante la disposición de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales, que cubra la responsabilidad del equipo facultativo designado. Dicha póliza debe cubrir tanto daños a terceros como cualquier otra eventualidad que pudiese surgir durante la vigencia del contrato. La póliza deberá tener vigencia suficiente para cubrir la responsabilidad del equipo hasta el final de la prestación del servicio y, si no la tuviera hasta esa fecha, deberá aportarse el compromiso del asegurado o tomador de su renovación o prórroga de forma que se garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Deberán estar asegurados por las pólizas la empresa licitadora o los miembros del equipo facultativo. Dado que la responsabilidad civil de los miembros del equipo facultativo es solidaria, los importes de las pólizas individuales de sus miembros podrán acumularse para alcanzar el importe mínimo requerido. Si no dispone de un seguro suficiente, bastará con un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido. La acreditación de este requisito se efectuará con el documento DEUC (se ponen a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas). Se requerirá al licitador propuesto como adjudicatario para que acredite documentalmente la solvencia por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, así como la aportación del compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. La suma del importe de la póliza o pólizas será no inferior a .00

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional se acreditará con la presentación de la declaración responsable que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP. Se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su solvencia técnica, mediante una relación de los principales trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. A efectos de determinar la correspondencia entre los suministros acreditados y los que constituyen el objeto del contrato se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior al 70% de la anualidad media, quedando establecido en: 0 euros.
  • ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y/O MATERIALES: el contratista debe adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y/o materiales indicados en el apartado L del Anexo I al PCAP

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 45000000

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