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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1136691NComprobada en la Plataforma de Contratación:

Obras del proyecto de reforma de la instalación de climatización y cambio de ventanas en el Centro Socio Cultural Parque Sur en Albacete. EXP 16-2023

Información sobre la licitación Obras del proyecto de reforma de la instalación de climatización y cambio de ventanas en el Centro Socio Cultural Parque Sur en Albacete. EXP 16-2023 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 45200000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

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Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
136.035,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
164.602,35 €
Presupuesto base (sin IVA)
159.037,63 €
Baja
14,46 %
Ofertas recibidas
5 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
129.349,34 € – 155.995,00 €
Fecha de adjudicación
14/11/2023
Formalización del contrato
29/11/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • 9.2.2.1. Criterios evaluables a través de fórmulas. Primer criterio. Precio(Automático)Ponderación: 40
  • 9.2.2. Criterios ponderables a través de juicio de valor. Único criterio. Memoria técnica constructiva(Juicio de valor)Ponderación: 24
  • 9.2.2.2. Criterios evaluables a través de fórmulas. Segundo criterio. Compromiso personal.(Automático)Ponderación: 20
  • 9.2.2.3. Criterios evaluables a través de fórmulas. Tercer criterio. Ampliación plazo garantía(Automático)Ponderación: 16

Solvencia económica y financiera

  • Ver página 60 PCAP 6.2.1.- Solvencia económica y financiera: A) Criterio: Volumen anual de negocios del licitador o candidato en los tres últimos ejercicios concluidos. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos igual o superior al valor estimado del contrato: 159.037,62 €. C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo).

Solvencia técnica o profesional

  • 6.2. Solvencia técnica o profesional: VER PÁGINA 60 y 61 PCAP 6.2. Solvencia técnica o profesional: 6.2.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: 1º REQUISITO. EXPERIENCIA: A) Criterio: Experiencia en la realización de obras correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual, IVA excluido, que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución, en el curso de los últimos cinco años, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato, deberá de ser por un importe igual o superior al valor estimado del contrato (159.037,62 €) C) Medio de acreditación: Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán los importes, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. 2º REQUISITO. - DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO: A) Criterio: Declaración indicado el personal técnico que dispone para la ejecución de las obras. B) Requisito mínimo: Técnico con formación específica en materia de seguridad y salud. C) Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del Técnico con la empresa y original o copia compulsada del título o de la formación en la materia específica del Técnico. 6.2.2.- EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): UN ÚNICO REQUISITO. - DECLARACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO: A) Criterio: Declaración indicado el personal técnico que dispone para la ejecución de las obras. B) Requisito mínimo: Técnico con formación específica en materia de seguridad y salud. C) Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del Técnico con la empresa y original o copia compulsada del título o de la formación en la materia específica del Técnico.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 45200000
  • 42512000
  • 45210000

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