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Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de MadridExpediente: 300/2025/02716Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de vigilancia y seguridad integral en la Factoría Industrial de Vallecas.

Información sobre la licitación Servicio de vigilancia y seguridad integral en la Factoría Industrial de Vallecas de Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid, del CPV 79710000 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda del Ayuntamiento de Madrid

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

SASEGUR S.L.B78976263
Importe adjudicado (sin IVA)
285.140,22 €
Importe adjudicado (con IVA)
345.019,67 €
Presupuesto base (sin IVA)
344.532,35 €
Baja
17,24 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
315.154,91 € – 336.618,55 €
Fecha de adjudicación
28/05/2026
Formalización del contrato
26/06/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 21 meses

Prórroga del expediente [300/2025/02716]

Este contrato tendrá una prórroga de hasta 22 meses

Criterios de adjudicación

  • A. Oferta económica(Automático)Ponderación: 30
  • C. Criterios sociales(Automático)Ponderación: 25
  • B. Mejoras en medios técnicos(Automático)Ponderación: 20
  • A. Análisis de riesgos(Juicio de valor)Ponderación: 11
  • C. Sistemas de seguridad del edificio(Juicio de valor)Ponderación: 7
  • D. Elaboración técnica de manuales de procedimientos(Juicio de valor)Ponderación: 4
  • B. Propuestas de modelos de gestión de la calidad en el servicio(Juicio de valor)Ponderación: 3

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 letra a): Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Esta solvencia se considerará acreditada por aquellas empresas con un volumen de negocios, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos años concluidos, de al menos 295.313,44 euros, IVA excluido. Este volumen anual de negocios se acreditará mediante declaración firmada por el representante legal de la empresa.

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1 letra a): Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Para la acreditación de la solvencia técnica se aportará una relación de los principales servicios efectuados en los últimos 3 años, a contar desde la fecha final de presentación de ofertas, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, habiendo realizado estos trabajos por un importe mínimo de 137.812,94 euros, IVA excluido, en el año de mayor ejecución de los tres últimos. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo, que acrediten la realización de la prestación que incluya los tres primeros dígitos del código CPV.
  • Las empresas de nueva creación, además de los requisitos exigidos en los apartados 90.1. letras c) y f), tendrán que acreditar el cumplimiento del requisito siguiente, de forma alternativa al previsto en la letra a): Artículo 90.1 letra i): Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Deberá indicarse la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar. La acreditación de la solvencia técnica o profesional, para estas empresas de nueva creación, se realizará mediante declaración responsable del representante legal de la empresa.
  • Artículo 90.1 letra c): Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se entenderá acreditada por aquellas empresas que presenten los siguientes certificados acreditativos en vigor (o los que los sustituyan según normas aplicables): - ISO 9001:2015 (Sistemas de gestión. Gestión y aseguramiento de la calidad) - ISO 45001:2018 (Sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SST) Medio de acreditación: Certificados en vigor acreditativos de las citadas ISO, o los que los sustituyan según las normas aplicables. A dichos efectos, serán reconocidos los certificados equivalentes emitidos por organismos establecidos en cualquier estado miembro de la Unión Europea y cualesquiera otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad y de la gestión medioambiental que presenten los empresarios.
  • Compromiso de adscripción de medios personales. Medios personales: art. 76.2 LCSP: Las empresas licitadoras deberán incluir en el sobre A (correspondiente a la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos previos), compromiso de estar en posesión de los siguientes medios exigidos en el apartado 6.3 del PPT, que serán acreditados por el propuesto como adjudicatario antes de la adjudicación: La documentación relativa al coordinador/a exigida en el PPT, que será el interlocutor/a de la empresa, y que deberá tener Tarjeta de Identidad Profesional (T.I.P) en vigor como director de seguridad, con una antigüedad mínima desde la emisión del T.I.P. de 3 años. Deberá aportarse idéntica documentación del suplente.
  • Artículo 90.1 letra f): Indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se entenderá acreditada por aquellas empresas que presenten el siguiente certificado acreditativo en vigor (o el que lo sustituya según normas aplicables): - ISO 14001:2015 (Sistemas de gestión ambiental) Medio de acreditación: Certificado acreditativo (o los que lo sustituyan según normas aplicables), debiendo encontrarse en vigor. Asimismo, serán reconocidos los certificados equivalentes emitidos por organismos establecidos en cualquier estado miembro de la Unión Europea y cualesquiera otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad y de la gestión medioambiental que presenten los empresarios.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 1 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Declaración sobre personas con discapacidad

Códigos CPV

  • 79710000

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