Junta de Gobierno del Ayuntamiento de MálagaExpediente: 32/23Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de asistencia técnica especializada que dé soporte al Servicio de Programas Europeos en la ejecución las actuaciones de control de programas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU
Información sobre la licitación Servicio de asistencia técnica especializada que dé soporte al Servicio de Programas Europeos en la ejecución las actuaciones de control de programas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Málaga. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Málaga, del CPV 79212000 o en Málaga.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Málaga
NIF: P2906700F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Málaga
- Código NUTS
- ES617
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 86.776,86 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 105.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 86.776,86 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 3 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 86.776,86 €
- Fecha de adjudicación
- 05/12/2023
- Formalización del contrato
- 08/01/2024
Documentos
- PCAPPCEA 32 23 report.pdfAbrir original
- PPTPPT Expte 32 23.pdfAbrir original
- AnexoInforme de inicio Expte 32 23.pdfAbrir original
- AnexoANEXOS 2 a 5 report.pdfAbrir original
- AnexoAnexo 1 definitivo.pdfAbrir original
- Anexoresolucion rectificacion EXPTE 32 23.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteComunicación justificación oferta anormalmente baja Auren Exp 32/23Abrir original
- ExpedienteComunicación justificación oferta anormalmente baja Auren Exp 32/23Abrir original
- ExpedienteLISTADO DE LICITADORESAbrir original
- ExpedienteComunicación justificación oferta anormalmente baja Garum Exp 32 23Abrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteNota informativa. No apertura ofertas.Abrir original
- ExpedienteResolución RectificaciónAbrir original
- ExpedienteAnexo 1 rectificadoAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteNota InformativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteNotificación para formalización del contratoAbrir original
- ExpedienteRESOLUCION ACEPTACIÓN OFERTA ANORMALMENTE BAJAAbrir original
- ExpedienteSUBSANACION REQ DOCAbrir original
- ExpedienteRESOLUCION CLASIFICACION OFERTASAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteREQUERIMIENTO DOCUMETNACIÓN GARUMAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 años
2 años. 2 meses de antelación a la finalización del plazo de duración del contrato.
Criterios de adjudicación
- Incremento del plazo de antelación de 45 días para la entrega de los trabajos.(Automático)Ponderación: 30
- Formación específica(Automático)Ponderación: 30
- Mejor oferta económica(Automático)Ponderación: 20
- Mejora experiencia profesional(Automático)Ponderación: 20
Solvencia económica y financiera
- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87.3.b) la solvencia económica financiera podrá acreditarse mediante justificante de existencia de un Seguro de indemnización por riesgos profesionales vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas junto con un compromiso de renovación o prórroga del mismo que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe no inferior al valor estimado del contrato (163.636,36 €). El licitador deberá disponer de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo para presentar ofertas, cuyo importe sea igual o superior al valor estimado del contrato, 163.636,36 euros, aportando además el compromiso de renovación o prórroga, que garantice el mantenimiento de su cobertura durante la ejecución del contrato. La acreditación inicial de la solvencia especificada se efectuará mediante la cumplimentación de la Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos conforme al modelo Anexo Nº. 2.1 del PCAP. Conforme al artículo 150.2 de la LCSP, una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que presente la documentación acreditativa que se le requiera.
Solvencia técnica o profesional
- La solvencia técnica o profesional de los empresarios se apreciará teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad.Deberá acreditarse un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución,dentro del periodo de tres años antes referido, igual o superior a 20.247,93 €Relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similarnaturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los 3últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público oprivado de los mismos. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato se atenderá al grupo y subgrupo declasificación al que pertenecen cuando exista clasificación, y en los demás casos, ala coincidencia entre los tres primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. En lacitada relación deberá indicar el importe, las fechas y destinatario, público oprivado, de los servicios. Tratándose de un contrato no sujeto a regulación armonizada, para las empresasde nueva creación, entendiendo por tal aquellas que tengan una antigüedad inferiora cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el medio al que se refiere laletra b) del artículo 90.1 de la LCSP: indicación del personal técnico o de lasunidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato,especialmente aquellos encargados del control de calidad. 1- Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. 2- Las empresas de nueva creación deberán presentar una declaración en la que indiquen el personal técnico, integrante o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control calidad.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79212000
- 79212400
- 79212100
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