Pleno del Ayuntamiento de MagañaExpediente: 27/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Ampliación del alumbrado público para la mejora de la eficiencia energética fase II en el municipio de Magaña
Información sobre la licitación Ampliación del alumbrado público para la mejora de la eficiencia energética fase II en el municipio de Magaña de Pleno del Ayuntamiento de Magaña. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Magaña, del CPV 45310000 o en Soria.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Soria
- Código NUTS
- ES417
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 115.495,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 139.748,95 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 141.143,07 €
- Baja
- 18,17 %
- Ofertas recibidas
- 3 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 139.748,95 € – 143.900,00 €
- Fecha de adjudicación
- 09/08/2023
- Formalización del contrato
- 11/08/2023
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 6 meses
Criterios de adjudicación
- Precio(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales. Declaración relativa a Volumen anual de negocios, en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, Si por razones justificadas un empresario no puede facilitar las referencias solicitadas, podrá acreditar la solvencia económica y financiera por cualquier otra documentación considerada como suficiente por la Administración
Solvencia técnica o profesional
- Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución (Artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público). Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. (Artículo 87 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público). Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido. Cuando la solvencia se acredite mediante subcontratación se estará a lo dispuesto en el artículo de la Ley de Contratos del Sector Público. Por razones justificadas podrá aportarse otra documentación que permita evaluar la concurrencia de la adecuada solvencia técnica Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales a que se refiere el artículo 69 LCSP 2017, podrán recurrir a las capacidades ajenas a la unión temporal. La clasificación del empresario no exigible: Grupo A, Subgrupo 1, Categoría 1. acreditará asimismo su solvencia económica y financiera y solvencia profesional técnica para contratar.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45310000
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