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Alcaldia del Ayuntamiento de Aldeanueva de EbroExpediente: 413/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Renovación y legalización de instalación eléctrica en baja tensión de alumbrado exterior para alumbrado público y mejora de eficiencia energética

Información sobre la licitación Renovación y legalización de instalación eléctrica en baja tensión de alumbrado exterior para alumbrado público y mejora de eficiencia energética de Alcaldia del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro, del CPV 45000000 o en La Rioja.

Organismo contratante

Alcaldia del Ayuntamiento de Aldeanueva de Ebro

NIF: P2600800C

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Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
La Rioja
Código NUTS
ES230

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
75.514,87 €
Importe adjudicado (con IVA)
91.372,99 €
Presupuesto base (sin IVA)
86.798,70 €
Baja
13 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
74.372,00 € – 75.514,87 €
Fecha de adjudicación
27/07/2023
Formalización del contrato
01/08/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 meses

No existirán prórrogas

Criterios de adjudicación

  • Precio(Automático)Ponderación: 50
  • Memoria técnica(Juicio de valor)Ponderación: 30
  • Incremento plazo de garantía de las luminarias(Automático)Ponderación: 15
  • Incremento plazo de garantía de la obra objeto de contrato (excepto las luminarias)(Automático)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios (en adelante, V.A.N) en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al determinado el contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil o mediante la aportación del resumen de la declaración del IVA presentada a Hacienda (modelo 390). Al ser un contrato de obras con una duración inferior a un año, la solvencia económica y financiera exigida será una vez y media el valor estimado, es decir, se deberá acreditar una solvencia económica igual o superior a 130198,05 euros

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia, los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de las obras pertinentes efectuadas más de cinco años antes. En los certificados de buena ejecución se indicará el importe, la fecha, el destinatario, el objeto y CPV del contrato correspondiente al contrato y la buena ejecución del contrato, público o privado de los mismos; los cinco últimos años abarcan desde el día equivalente al siguiente al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones hasta el 31 de diciembre del año 2018, los años 2019, 2020, 2021 y 2022 completos y hasta el día de finalización del plazo de presentación de proposiciones del año 2023. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente de entidades del sector público, cuando el destinatario sea una entidad de dicho sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de al menos tres trabajos; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El requisito mínimo de solvencia es que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si esta es inferior al valor estimado del contrato. Por lo tanto, el licitador deberá acreditar una solvencia igual o superior 60759,09 euros.
  • Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. La acreditación inicial de este requisito se realizará mediante la presentación del ANEXO V del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares (adscripción de medios personales y materiales) sin perjuicio de que sea exigida antes de la adjudicación del contrato

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 45000000
  • 45316100
  • 45316000
  • 50232110

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