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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1462307HComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de obras del proyecto de reforma y ampliación del Centro Sociocultural de El Salobral. Expte. 96-2025

Información sobre la licitación Contrato de obras del proyecto de reforma y ampliación del Centro Sociocultural de El Salobral. Expte. 96-2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 45000000 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
818.853,99 €
Importe adjudicado (con IVA)
990.813,33 €
Presupuesto base (sin IVA)
822.968,83 €
Baja
0,5 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
818.853,99 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 8 meses

Criterios de adjudicación

  • PRECIO. Ponderación 54 puntos.(Automático)Ponderación: 54
  • MEMORIA DE DESARROLLO Y ORGANIZACION. Ponderación: 20 puntos.(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • COMPROMISO PERSONAL. Ponderación 20 puntos(Automático)Ponderación: 20
  • REDUCCIÓN PLAZO DE INICIO. Ponderación 6 puntos(Automático)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • La clasificación será requisito indispensable para empresarios españoles, o extranjeros de estados no miembros de la Unión Europea o de estados no signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo (Art. 77.1 LCSP) Los empresarios no españoles de estados miembros de la U.E. o de estados signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo, deberán acreditar la aptitud mediante los certificados comunitarios para contratar (art. 97 LCSP) o a través de los criterios de solvencia, así como la habilitación para realizar la prestación (ver PCAP) *VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. - Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos igual o superior al valor estimado del contrato, es decir, 905.265,71 €. - Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro Mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). - Principales razones de la imposición de este requisito: Ver pág. 56 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • La clasificación será requisito indispensable para empresarios españoles, o extranjeros de estados no miembros de la Unión Europea o de estados no signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo (Art. 77.1 LCSP) Los empresarios no españoles de estados miembros de la U.E. o de estados signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo, deberán acreditar la aptitud mediante los certificados comunitarios para contratar (art. 97 LCSP) o a través de los criterios de solvencia, así como la habilitación para realizar la prestación (ver PCAP) *EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN y EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años): DECLARACIÓN INDICANDO EL PERSONAL TÉCNICO QUE DISPONE PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS. - Requisito mínimo: El personal mínimo ha de ser un profesional con cualificación y experiencia profesional suficiente para la ejecución correcta del objeto del contrato. - Medio de acreditación: Documentos acreditativos de la vinculación del personal técnico con la empresa y declaración responsable de la cualificación y experiencia profesional.
  • La clasificación será requisito indispensable para empresarios españoles, o extranjeros de estados no miembros de la Unión Europea o de estados no signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo (Art. 77.1 LCSP) Los empresarios no españoles de estados miembros de la U.E. o de estados signatarios del acuerdo sobre el espacio económico europeo, deberán acreditar la aptitud mediante los certificados comunitarios para contratar (art. 97 LCSP) o a través de los criterios de solvencia, así como la habilitación para realizar la prestación (ver PCAP) *EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE OBRAS correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato. - Requisito mínimo: El importe anual, IVA excluido, que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución, en el curso de los últimos cinco años, en trabajos del grupo o subgrupo al que corresponde el contrato, al menos deberá aportarse una obra por un importe igual o superior al valor estimado del contrato, es decir, 905.265,71 €. - Medio de acreditación: Relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años, correspondientes al mismo grupo o subgrupo de clasificación al que corresponde el contrato, avalada por certificados de buena ejecución para las más importantes; estos certificados indicarán los importes, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 45000000
  • 45211350
  • 45200000

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