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Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de JaénExpediente: CO-2024/001691Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Seguridad, vigilancia y control de edificios en Diputación Provincial de Jaén y sus organismos autónomos.

Información sobre la licitación Seguridad, vigilancia y control de edificios en Diputación Provincial de Jaén y sus organismos autónomos de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Jaén. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Jaén, del CPV 79710000 o en Jaén.

Organismo contratante

Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Jaén

NIF: P2300000C

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Jaén
Código NUTS
ES616

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
104.500,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
126.445,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
3.486.046,48 €
Baja
97 %
Ofertas recibidas
2 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
21,95 € – 104.500,00 €
Fecha de adjudicación
27/05/2025
Formalización del contrato
04/11/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

Posibilidad de modificación de un 20% Ver apartado 32 del anexo I del PCAP

SI. 2 años Ver apartado 12 del anexo I del PCAP

Criterios de adjudicación

  • 1. Precio hora de la prestación de vigilancia presencial(Automático)Ponderación: 30
  • 5. Análisis de riesgos(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • 6. Mejoras en función de los riesgos detectados(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • 2. Precio hora para la prestación de vigilancia presencial esporádica(Automático)Ponderación: 9
  • 4. Sistemas de seguridad de las instalaciones(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • 1. Organización del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 8
  • 8. Criterios sociales(Juicio de valor)Ponderación: 5
  • 4. Precio conexión y mantenimiento de los sistemas de alarma y videovigilancia(Automático)Ponderación: 4
  • 3. Precio hora para Servicio de acuda ante señal de alarma(Automático)Ponderación: 3
  • 3. Medios de comunicación para el desarrollo de los servicios(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • 2. Medios materiales y técnicos para el desarrollo de los servicios y su idoneidad(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • 7. Plan de control de calidad e inspección del servicio(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • 9. Criterios medioambientales(Juicio de valor)Ponderación: 2
  • 6. Compromiso de mantenimiento preventivo del equipo de inspección de paquetería por rayos X Mod. Rapiscan-19(Automático)Ponderación: 1.25
  • 5. Bolsa de horas mensuales sin coste en la categoría de vigilante de seguridad(Automático)Ponderación: 1.25
  • 9. Compromiso de formación en Reanimación cardio pulmonar, desfibrilador externo y primeros auxilios(Automático)Ponderación: 1
  • 8. Compromiso de formación sobre mantenimiento básico de instalaciones y actuación en caso de emergencias(Automático)Ponderación: 0.75
  • 10. Compromiso de formación en atención a personas con discapacidad en residencias y otros centros(Automático)Ponderación: 0.5
  • 7. Compromiso de realizar un curso en materia de protección de datos(Automático)Ponderación: 0.25

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante la clasificación en el Grupo M, Subgrupo 2, Categoría 5. -Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El empresario acreditará un volumen anual de negocios por importe igual o superior al importe de 1.743.023,24 € de adjudicación ofertado IVA excluido. El volumen anual de negocio estará referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos. Acreditación documental. Artículo 87.2 LCSP: El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Ver apartado 15 del Anexo I del PCAP No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable DEUC

Solvencia técnica o profesional

  • Artículo 90.1 b) de la LCSP: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante la clasificación en el Grupo M, Subgrupo 2, Categoría 5. Se deberá tener el certificado: - Sistema de Gestión de Calidad ISO 9001 o equivalente. - Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el trabajo OHSAS 18001 o equivalente. La equivalencia deberá ser aportada por el licitador. Medios de acreditación: Se acreditará mediante los correspondientes certificados emitidos por autoridad de certificación conforme a las normas europeas relativas a la certificación, o bien a través de otras pruebas de medida equivalentes. La elección de los criterios para la acreditación de solvencia económica, financiera y técnica relacionados justifica que la empresa adjudicataria tendrá la capacidad necesaria para ejecutar el objeto del contrato y que su gestión será acorde con lo estipulado en los Pliego de Clausulas Administrativas Particulares y Pliego de Prescripciones Técnicas. Ver apartado 15 del Anexo I del PCAP No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable DEUC
  • Artículo 90.1 a) de la LCSP: “Una relación de los principales servicios o trabajos realizados; de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante la clasificación en el Grupo M, Subgrupo 2, Categoría 5. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente”. -Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: La acreditación se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior 1.743.023,24 euros IVA excluido, acreditados mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad pública; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los cuatro primeros dígitos de los CPV: - 79710000-4 Servicios de seguridad. - 79714000-2 Servicios de vigilancia. - 79711000-1 Servicio de vigilancia Ver apartado 15 del Anexo I del PCAP No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable DEUC
  • De conformidad con lo dispuesto en el artículo 122.2 letra e) LCSP, los licitadores tienen la obligación de indicar en su oferta, si tienen previsto subcontratar los servidores o los servicios asociados a los mismos, el nombre o el perfil empresarial de los subcontratistas a los que se vaya a encomendar su realización. Esta obligación se califica de esencial a los efectos de lo previsto en la letra f) del apartado 1 del artículo 211 LCSP. Ver apartado 30 del Anexo I del PCAP No obstante a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Declaración sobre personas con discapacidad
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 79710000
  • 79714000
  • 79711000

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