Alcaldía del Ayuntamiento de Santiago-Pontones Expediente: 157/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de obra para la pavimentación del camino de acceso a Pontón Alto, en el término municipal de Santiago-Pontones (Jaén).
Información sobre la licitación Contrato de obra para la pavimentación del camino de acceso a Pontón Alto, en el término municipal de Santiago-Pontones (Jaén) de Alcaldía del Ayuntamiento de Santiago-Pontones. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Santiago-Pontones, del CPV 45233142 o en Jaén.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de Santiago-Pontones
NIF: P2307800I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Jaén
- Código NUTS
- ES616
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 77.025,98 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 93.201,44 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 98.966,95 €
- Baja
- 22,17 %
- Ofertas recibidas
- 7 (7 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 77.025,98 € – 98.175,21 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP3 Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO PONTON ALTO.pdfAbrir original
- Anexo9 Cuadro resumen.pdfAbrir original
- Anexo8 ANEXOS.pdfAbrir original
- ExpedienteActa de la Mesa de ContrataciónAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- MEJOR OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 80
- MENOR PLAZO DE EJECUCIÓN DE OBRA(Automático)Ponderación: 10
- PLAZO DE GARANTÍA ADICIONAL(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica-financiera. Se entenderá acreditada por aquellos licitadores cuyo volumen de facturación anual referido al menos a uno de los tres últimos ejercicios inmediatamente anteriores al del 2023, sea igual o superior al valor económico del presente contrato. También deberá acreditarse el justificante de la existencia de un Seguro de Responsabilidad Civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al valor estimado del presente contrato. Dicho criterio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro mercantil. También será admisible la declaración del Impuesto de Sociedades. Ver cláusula sexta del PCAP.
Solvencia técnica o profesional
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica o profesional. Dicha solvencia se entenderá acreditada por alguno de los siguientes medios: a) Por aquellas empresas que hayan realizado al menos tres obras de similares características a las del presente contrato atendiendo a tal efecto al código CPV exigidos para este contrato, por importe igual o superior al del valor económico estimado del presente contrato, en los últimos 5 años, avalados por certificados de buena ejecución. Las obras ejecutadas se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado por un certificado expedido por éste o, en su defecto, mediante una declaración del empresario. b) Declaración responsable indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. No obstante, de conformidad con lo previsto en el artículo 88.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, cuando la empresa sea de nueva creación, entendida por aquella que tenga una antigüedad inferior a 5 años desde la fecha de finalización del plazo de presentación de ofertas, la acreditación de la solvencia técnica, se acreditará mediante el medio previsto en el apartado b.-) anterior. Ver cláusula sexta del PCAP.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 45233142
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