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Presidencia del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba (CPPEIExpediente: ECServ 1/2023Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de la flota de vehículos del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba

Información sobre la licitación Servicios de mantenimiento preventivo y correctivo de la flota de vehículos del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba de Presidencia del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba (CPPEI. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba (CPPEI, del CPV 50112000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Presidencia del Consorcio Provincial de Prevención y Extinción de Incendios de Córdoba (CPPEI

NIF: P6490001B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
220.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
266.200,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
220.000,00 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

De conformidad con lo previsto en el apartado F del Anexo Nº 1 del PCAP el contrato será prorrogable por un año.

Criterios de adjudicación

  • Precio de piezas, lubricantes, filtros y demás elementos necesarios para el mantenimiento(Automático)Ponderación: 40
  • Precio mantenimiento preventivo(Automático)Ponderación: 30
  • Precio mantenimiento correctivo(Automático)Ponderación: 30

Solvencia económica y financiera

  • En el supuesto de que se exija clasificación o el contratista pretenda acreditar su solvencia económica y financiera mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en la letra H del cuadro resumen del contrato. En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, la solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 de la LCSP que se señala a continuación: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se aplicará este criterio con relación a cada uno de los Lotes en que se divida, en su caso, el contrato. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volumen anual de negocios referido al año de mayor ejecución de los tres últimos años concluidos igual o superior a una vez y media el valor anual medio del contrato. Medio de acreditación: El volumen anual de negocios de la persona licitadora se acreditará por alguno de los siguientes medios: - Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. - Impuesto de Sociedades presentado a la AEAT (modelo 200). - Declaración anual de I.V.A. (modelo 390). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que se considere apropiado por el órgano de contratación. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la Declaración Responsable ajustada al Documento Europeo Único de Contratación (Anexo 4).

Solvencia técnica o profesional

  • En el supuesto de que se exija clasificación o el contratista pretenda acreditar su solvencia técnica o profesional mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en la letra H del cuadro resumen del contrato. En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, la solvencia técnica se acreditará por los medios del artículo 90.1 de la LCSP que se señalan a continuación: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Una relación de los principales servicios realizados, en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al setenta por ciento de la anualidad media del contrato. Se aplicará este criterio con relación a cada uno de los Lotes en que se divida, en su caso, el contrato. Se considerará que un servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato cuando contenga al menos los tres primeros dígitos del respectivo código CPV. Medio de acreditación: La relación de los principales servicios realizados se acreditará mediante una declaración suscrita por el representante legal de la empresa indicando de forma individualizada para cada servicio el importe, fecha y destinatario de cada uno de los servicios de igual o similar naturaleza al del objeto del contrato. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la Declaración Responsable ajustada al formulario del Documento Europeo Único de Contratación (Anexo 4).

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 50112000

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