Instituto Tecnológico de Canarias S.A.Expediente: 1436/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro e instalación de un Aula Interactiva para entornos de formación digital avanzada en el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A.
Información sobre la licitación Suministro e instalación de un Aula Interactiva para entornos de formación digital avanzada en el Instituto Tecnológico de Canarias, S.A de Instituto Tecnológico de Canarias S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Instituto Tecnológico de Canarias S.A., del CPV 32232000 o en Las Palmas.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Gran Canaria
- Código NUTS
- ES705
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 155.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 155.000,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 180.000,00 €
- Baja
- 13,89 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 155.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP4 PCAP Aula Interactiva exp 1436 2025.pdfAbrir original
- PPT5 PPT Aula Interactiva exp 1436 2025.pdfAbrir original
- AnexoAnexo I DEUC exp 1436 2025.pdfAbrir original
- AnexoAnexo I DEUC exp 1436 2025.xmlAbrir original
- AnexoAnexo V-A Garantia Aval exp 1436 2025.pdfAbrir original
- AnexoAnexo V-B Garantia Seguro Caucion exp 1436 2025.pdfAbrir original
- AnexoAnexo VI-A Declaracion conducta exp 1436 2025.pdfAbrir original
- AnexoAnexo VI-B Codigo de conducta para proveedores.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedientePropuesta de adjudicaciónAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 30 días
Salvo notificación expresa por parte del ITC de su ampliación o prórroga, deberán cumplirse estrictamente los plazos de ejecución establecidos en la cláusula 9 del pliego; en caso de su incumplimiento el ITC estará facultado para resolver el contrato. Cualquier prórroga acordada deberá constar por escrito.
Criterios de adjudicación
- 15. Oferta económica(Automático)Ponderación: 50
- 14. Puestos interactivos adicionales(Juicio de valor)Ponderación: 7
- 13. Incorporación de contenidos desde dispositivos externos(Juicio de valor)Ponderación: 5
- 12. Contenidos generativos con IA(Juicio de valor)Ponderación: 5
- 9. Procesador de audio/matriz con canales adicionales(Juicio de valor)Ponderación: 4
- 11. Chequeo automático del sistema(Juicio de valor)Ponderación: 4
- 10. Microfonía(Juicio de valor)Ponderación: 4
- 6. Inclinación del soporte de la mesa(Juicio de valor)Ponderación: 3
- 5. Tamaño del monitor de mesas interactivas(Juicio de valor)Ponderación: 3
- 2. Luminosidad de proyección(Juicio de valor)Ponderación: 3
- 4 Sensorización en altura(Juicio de valor)Ponderación: 3
- 1. Resolución de proyección(Juicio de valor)Ponderación: 3
- 7. Aumento de tamaño de sensor MOS de la cámara(Juicio de valor)Ponderación: 2
- 3. Ratio de tiro(Juicio de valor)Ponderación: 2
- 8. Zoom óptico cámara(Juicio de valor)Ponderación: 2
Solvencia económica y financiera
- El Documento Europeo Único de contratación (DEUC) suplirá en la fase de licitación toda la documentación relativa a capacidad de contratar y de obrar, personalidad, representación y solvencia económica y financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140 de la LCSP.
Solvencia técnica o profesional
- El Documento Europeo Único de contratación (DEUC) suplirá en la fase de licitación toda la documentación relativa a capacidad de contratar y de obrar, personalidad, representación y solvencia económica y financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140 de la LCSP. b) Indicación del personal técnico cualificado o unidades técnicas adscritos a la ejecución de los trabajos de instalación, puesta en marcha y servicio técnico del equipo suministrado, así como para la formación en aplicaciones analíticas mediante declaración responsable, especificando si se van a realizar las tareas por sí o mediante terceros (medios propios- entidades cuyo capital es controlado en más del 50%-, integración por medios externos o subcontratación). No existirá un requisito para este apartado b), la obligación es únicamente presentar una declaración responsable informativa.
- El Documento Europeo Único de contratación (DEUC) suplirá en la fase de licitación toda la documentación relativa a capacidad de contratar y de obrar, personalidad, representación y solvencia económica y financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140de la LCSP. a) Relación de los principales suministros con instalación de igual o similar naturaleza que el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán, tras requerimiento del ITC, mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en suministros con instalación de igual o similar naturaleza en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 126.000€. La coincidencia de los CPV definidos en la cláusula 2 del PCAP para la parte de suministro, y de los cinco primeros dígitos del CPV para la parte de instalación (51611) acreditará automáticamente la igual naturaleza respecto al objeto del contrato, en el resto de los casos se atenderá al criterio motivado del ITC. En caso de que el ITC así lo considere oportuno podrá comparar el objeto de los suministros en base a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNDPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a CNAE. En caso de empresas de nueva creación no será de aplicación la obligación de presentar trabajos previos realizados, sino El requisito mínimo consistirá en que, conjuntamente entre todo el personal y unidades asignadas, se haya ejecutado en alguno de los últimos cinco años obras de igual o similar naturaleza (coincidencia del CPV con los establecidos en la cláusula 2 de este PCAP para la parte de suministro y hasta el quinto dígito del CPV de la parte de instalación (51611)o criterio motivado del ITC en los restantes casos) por importe total igual o superior a 126.000€. La acreditación de los trabajos se realizará de forma análoga al apartado a), con certificados de trabajos realizados
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 32232000
- 51611100
- 30200000
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