Pleno del Ayuntamiento de SarriónExpediente: 328/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Es necesario la renovación de las redes de agua y saneamiento y del actual pavimento de la calle Molino de nuestro municipio de Sarrión. Actualmente la tubería de distribución de agua potable que discurre por la calle Molino es muy antigua y presenta frecuentes averías. La posibilidad de roturas que dispersen es alta, por lo cual se propone sustituir todo el ramal por tuberías nuevas. Se sustituirán también las acometidas domiciliarias y se instalarán válvulas de compuerta para poder independizar ramales en caso necesario. A la vez se sustituirá el antiguo ramal de saneamiento que discurre por esta calle por tuberías nuevas de polietileno, así como las correspondientes acometidas domiciliarias. El pavimento de la calzada es de asfalto, delimitado por una acera de hormigón y un bordillo de piedra. Es una pavimentación antigua y se encuentra muy deteriorada, fundamentalmente por las inclemencias meteorológicas invernales. Se proyecta surenovación, incluyendo acera y bordillos. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Información sobre la licitación Es necesario la renovación de las redes de agua y saneamiento y del actual pavimento de la calle Molino de nuestro municipio de Sarrión. Actualmente la tubería de distribución de agua potable que discurre por la calle Molino es muy antigua y presenta frecuentes averías. La posibilidad de roturas que dispersen es alta, por lo cual se propone sustituir todo el ramal por tuberías nuevas. Se sustituirán también las acometidas domiciliarias y se instalarán válvulas de compuerta para poder independizar ramales en caso necesario. A la vez se sustituirá el antiguo ramal de saneamiento que discurre por esta calle por tuberías nuevas de polietileno, así como las correspondientes acometidas domiciliarias. El pavimento de la calzada es de asfalto, delimitado por una acera de hormigón y un bordillo de piedra. Es una pavimentación antigua y se encuentra muy deteriorada, fundamentalmente por las inclemencias meteorológicas invernales. Se proyecta surenovación, incluyendo acera y bordillos. El contrato definido tiene la calificación de contrato administrativo de obras, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 de Pleno del Ayuntamiento de Sarrión. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Sarrión, del CPV 45232410 o en Teruel.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Teruel
- Código NUTS
- ES242
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 181.675,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 219.826,75 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 181.678,21 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 1 (0 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 219.826,75 €
- Fecha de adjudicación
- 21/02/2023
Documentos
- PCAPPliego de clausulas_PCAP obras rehabilitacion calle Molino negociado.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO CALLE EL MOLINO SARRION.pdfAbrir original
- AnexoCuadro resumen PCAP calle Molino Procedimiento Negociado Sin Publicidad.pdfAbrir original
- AnexoModelo Declaracion Responsable licitaciones.pdfAbrir original
- AnexoModelo Ficha de Terceros Sarrion.docxAbrir original
- AnexoCALLE MOLINO SARRION BC3.BC3Abrir original
- AnexoCertificado acuerdo pleno calle molino.pdfAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- Condiciones Técnicas: calidad del hormigón que suponga una mejora en la resistencia a las heladas en temporada invernal(Automático)Ponderación: 25
- Oferta económica más ventajosa.(Automático)Ponderación: 25
- Condiciones Técnicas: materiales que supongan un menor plazo de ejecución de las obras. En caso de empate, esta condición técnica prevalecerá.(Automático)Ponderación: 25
- Condiciones Técnicas: Incremento de espesores de los materiales pétreos en el hormigón.(Automático)Ponderación: 25
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse como mínimo por uno de los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. Se establece, que se acreditará por medio de la presentación de seguro de indemnización por riesgos profesionales suscrito por el licitador y justificando el pago de la última prima anual de dicho seguro que cubra un mínimo de 50.000,00 €. c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. La ratio entre activo y pasivo podrá tenerse en cuenta si el poder adjudicador especifica en los pliegos de la contratación los métodos y criterios que se utilizarán para valorar este dato. Estos métodos y criterios deberán ser transparentes, objetivos y no discriminatorios. Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores de este apartado, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Función Pública teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad.
Solvencia técnica o profesional
- VER PCAP: En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada como mínimo por uno de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, b) Declaración indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. 2. En los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a f) anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Especial: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 45232410
- 45233252
- 45232400
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