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Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA)Expediente: EMG 104-23Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación de los servicios de certificación de suelos remanentes en Sant Adrià Del Besòs (Barcelona)

Información sobre la licitación Contratación de los servicios de certificación de suelos remanentes en Sant Adrià Del Besòs (Barcelona) de Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA). Puedes consultar otras licitaciones de Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA), del CPV 90732000 o en Barcelona.

Organismo contratante

Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA)

NIF: A79433660

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Barcelona
Código NUTS
ES511

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
21.216,19 €
Importe adjudicado (con IVA)
25.671,58 €
Presupuesto base (sin IVA)
33.016,33 €
Baja
35,74 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
20.959,34 € – 26.070,00 €
Fecha de adjudicación
22/05/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 80
  • Capacidad de respuesta del laboratorio: Con el objeto de optimizar el tiempo de respuesta en la sistemática de retirada de las tierras, se asignarán puntos según el siguiente criterio: 20 puntos: tiempo de respuesta de 24 horas hábiles 15 puntos: tiempos de respuesta de 48 horas hábiles 10 puntos: tiempo de respuesta de 72 horas hábiles. 0 Puntos: tiempo de respuesta de 5 días hábiles.(Juicio de valor)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • Véase cláusula 10.2 apartado c) del PCAP c)Certificado administrativo expedido por el Órgano competente de que el licitador está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con una antigüedad de emisión no superior a los 10 días anteriores a la presentación de la oferta. Medio de acreditación: Se deberá presentar en original o mediante copias que tengan carácter de auténticas conforme a la legislación vigente la documentación justificativa de las siguientes circunstancias:
  • Véase cláusula 10.2 apartado a) del PCAP La solvencia técnica del empresario se acreditará por todos los medios siguientes: a)Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario). Los licitadores deberán haber ejecutado, en el curso de los tres últimos años, servicios por importe igual o superior a una vez y media el importe del valor estimado de este contrato. Medio de acreditación del volumen anual de negocios - El volumen anual de negocio se acreditará a través de alguno de los siguientes medios, según se trate de: •Empresas (personas jurídicas) inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. •Empresas (personas jurídicas) no inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro oficial en el que deban estar inscritas. •Empresarios/as (personas físicas) inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. •Empresarios/as (personas físicas) no inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante las declaraciones del IVA presentadas en el período citado. •Entidades sin ánimo de lucro: mediante la presentación de los libros de contabilidad en los que consten los ingresos anuales de dicha entidad (dentro del período citado) debidamente certificados por su Secretaría. •En el caso de la unión temporal de empresas, se considerará como volumen de negocio la suma de los volúmenes aportados por cada uno de los miembros en un ejercicio anual específico, siempre que el ejercicio anual presentado por cada miembro se corresponda a la misma anualidad.
  • Véase cláusula 10.2 apartado b) del PCAP b)Seguros de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El adjudicatario deberá disponer de una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil general asociada a la actividad objeto del contrato, con cobertura de riesgos profesionales por un importe mínimo de 600.000 euros. Medio de acreditación tenencia del seguro: Se acreditará mediante la certificación de la compañía aseguradora donde consten los importes asegurados y la fecha de vencimiento del seguro o copia de la póliza, así como justificante de estar al corriente de pago de la misma (salvo que esto se indique en el certificado emitido por la compañía). En el caso de unión temporal, al menos uno de los miembros debe disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo indicado.

Solvencia técnica o profesional

  • Véase cláusula 10.3 apartado b) del PCAP oIndicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, acreditado mediante declaración jurada y firmada por el oferente/representante
  • Véase cláusula 10.3 apartado a) del PCAP La solvencia técnica del empresario se acreditará por todos los medios siguientes: oRelación de los principales servicios realizados en los últimos tres años que incluya importe (en el caso de que no se incumplan acuerdos de confidencialidad), fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos, acreditado mediante declaración jurada y firmada por el oferente/representante. Se considerará asegurada la solvencia cuando se acrediten al menos dos referencias de igual o similar naturaleza y de importe igual o superior al presupuesto base objeto de licitación. Medio de acreditación: Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación (contratos o facturas emitidas y documentación soporte justificativa del cobro de las misma). En el supuesto de que el medio de acreditación sea mediante la aportación de certificados, éstos indicarán el importe, las fechas y el lugar de prestación de los servicios. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se considerarán su adscripción a los códigos CPV publicados en la Plataforma de Contratación. Si el licitador es una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a cinco años), su solvencia técnica se acreditará por el segundo de los requisitos sin que en ningún caso sea aplicable lo relativo a la relación de los principales servicios realizados.

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 90732000

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