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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de MislataExpediente: 21-SU-02Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato mixto consistente en el suministro (arrendamiento) de una aplicación informática para la gestión de reservas y actividades y su integración con las aplicaciones web corporativa y app corporativa móvil desarrolladas a medida y objeto de adquisición, incluidas las tareas de mantenimiento.

Información sobre la licitación Contrato mixto consistente en el suministro (arrendamiento) de una aplicación informática para la gestión de reservas y actividades y su integración con las aplicaciones web corporativa y app corporativa móvil desarrolladas a medida y objeto de adquisición, incluidas las tareas de mantenimiento de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mislata. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mislata, del CPV 48000000 o en Valencia/València.

Organismo contratante

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mislata

NIF: P4617100E

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Valencia/València
Código NUTS
ES523

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
80.156,69 €
Importe adjudicado (con IVA)
96.989,59 €
Presupuesto base (sin IVA)
130.740,00 €
Baja
38,69 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 6 años

No se prevé prórroga del contrato.

Criterios de adjudicación

  • Mayor rebaja del precio.(Automático)Ponderación: 41
  • Calidad de la solución técnica propuesta: Descripción, arquitectura e integración del software ofertado con otros sistemas.(Juicio de valor)Ponderación: 37
  • Mejoras vinculadas con el objeto del contrato, consistentes en funcionalidades y servicios extra de la aplicación informática ofertada respecto de los señalados como básicos por el pliego de prescripciones técnicas particulares.(Automático)Ponderación: 10
  • Calidad de la solución técnica propuesta: Plan de trabajo.(Juicio de valor)Ponderación: 7
  • Calidad de la solución técnica propuesta: Plan de formación y puesta en marcha.(Juicio de valor)Ponderación: 5

Solvencia económica y financiera

  • Se exige acreditar un volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, deberá ser al menos de 32.684,99 euros. Quedará dispensado de este requisito el empresario que acredite estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo V, subgrupo 3, categoría a) [Grupo V, subgrupo 3, categoría 1].

Solvencia técnica o profesional

  • Descripción de los requerimientos técnicos mínimos y las funcionalidades exigidas a la aplicación informática a suministrar objeto del presente contrato. Quedará dispensado de este requisito el empresario que acredite estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo V, subgrupo 3, categoría a) [Grupo V, subgrupo 3, categoría 1].
  • Adscripción a la ejecución del contrato de medios suficientes. En particular, indicación de las unidades técnicas o personal técnico participantes en el contrato, especialmente los encargados directamente de la ejecución del mismo. Quedará dispensado de este requisito el empresario que acredite estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo V, subgrupo 3, categoría a) [Grupo V, subgrupo 3, categoría 1].
  • Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad y seguridad en el tratamiento de la información. Quedará dispensado de este requisito el empresario que acredite estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo V, subgrupo 3, categoría a) [Grupo V, subgrupo 3, categoría 1].
  • Deberá acreditarse la ejecución, en los últimos cinco años, de servicios o trabajos del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del presente contrato, siendo requisito mínimo que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 7.515,76 euros. EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: La solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refiere en la cláusula 17.a).2ª) del pliego de cláusulas administrativas particulares, sin que sea aplicable lo establecido sobre ejecución de un número determinado de servicios o trabajos más arriba indicado. Quedará dispensado de este requisito el empresario que acredite estar en posesión de la clasificación siguiente: Grupo V, subgrupo 3, categoría a) [Grupo V, subgrupo 3, categoría 1].

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 48000000
  • 72416000

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