Presidencia de la Diputación Provincial de ValenciaExpediente: 1773/22/CULComprobada en la Plataforma de Contratación:
Preproducción, producción, grabación y postproducción de una serie de producciones audiovisuales, incluidas dentro del proyecto «València és Música» 2023
Información sobre la licitación Preproducción, producción, grabación y postproducción de una serie de producciones audiovisuales, incluidas dentro del proyecto «València és Música» 2023 de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia, del CPV 92111320 o en Valencia/València.
Organismo contratante
Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia
NIF: P4600000F
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valencia/València
- Código NUTS
- ES523
Adjudicación
Lote 1 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 14.800,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 17.908,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 20.853,00 €
- Baja
- 29,03 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 14.800,00 € – 18.768,00 €
- Fecha de adjudicación
- 04/05/2023
- Formalización del contrato
- 04/05/2023
Lote 2 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 17.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 20.570,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 22.134,00 €
- Baja
- 23,2 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 17.000,00 € – 19.920,60 €
- Fecha de adjudicación
- 04/05/2023
- Formalización del contrato
- 04/05/2023
Lote 3 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 23.200,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 28.072,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 30.481,50 €
- Baja
- 23,89 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 23.200,00 € – 27.433,00 €
- Fecha de adjudicación
- 04/05/2023
- Formalización del contrato
- 04/05/2023
Lote 4 · Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 20.150,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 24.381,50 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 24.181,50 €
- Baja
- 16,67 %
- Ofertas recibidas
- 4 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 18.860,57 € – 21.762,00 €
- Fecha de adjudicación
- 04/05/2023
- Formalización del contrato
- 04/05/2023
Documentos
- PCAPcl_1773 PCAP.pdfAbrir original
- PPTcl_PPT.pdfAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteCERTIFICADO MESA 040523Abrir original
- ExpedienteAVISO APERTURA SOBRE 3Abrir original
- ExpedienteCERTIFICADO MESA 200423Abrir original
- ExpedienteCERTIFICADO MESA 270423Abrir original
- ExpedienteDECRETO CLASIFICACION 280423Abrir original
- ExpedienteANUNCIO APERTURA SOBRE 1Abrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteAVISO FRAUDULENTO CORREOSAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
NO ESTA SUJETO A PRORROGA POR NO CONCURRIR LAS CIRCUNSTANCIAS DEL ART. 103 LCSP.
Criterios de adjudicación
- 1. OFERTA ECONOMICA(Automático)Ponderación: 49
- 2. ASCRIPCION AL CONTRATO DE PERSONA CON TITULO DE GRADO INGENIERIA DE SONIDO E IMAGEN(Automático)Ponderación: 1.5
Solvencia económica y financiera
- Las empresas participantes deberán presentar una declaración responsable relativa a la cifra de negocio global referido al mejor de los últimos tres ejercicios, que justifique un volumen de negocio anual mínimo equivalente a 1,5 veces el valor estimado del lote del contrato por el que licite. Se acreditará mediante: Las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. También podrá acreditarse la solvencia económica mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, por importe no inferior al valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Este requisito se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 2 del artículo 150 de la LCSP.
Solvencia técnica o profesional
- Se indicará el personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato que, a su vez, al menos el 50% deberán acreditar haber participado en la ejecución de contratos similares a cada uno de los lotes que liciten por un importe no inferior a su valor estimado para cada lote. Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar el contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. En las mismas condiciones, los empresarios que concurran agrupados en las uniones temporales podrán recurrir a las capacidades de entidades ajenas a la unión temporal. Para estos casos en que una empresa desee recurrir a las capacidades de otras entidades, será preciso un compromiso por escrito de tales entidades. Se acreditarán mediante: certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder de este que acrediten la realización de la prestación. Respecto a las empresas de nueva creación podrán acreditar la solvencia técnica mediante la declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación e indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 92111320
- 92111260
- 92111000
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