Concejal Responsable del Área de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de HuelvaExpediente: 105/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro de elementos para la sustitución de luminarias tipo farol instaladas en las calles de la zona centro de la ciudad de Huelva
Información sobre la licitación Suministro de elementos para la sustitución de luminarias tipo farol instaladas en las calles de la zona centro de la ciudad de Huelva de Concejal Responsable del Área de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de Huelva. Puedes consultar otras licitaciones de Concejal Responsable del Área de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de Huelva, del CPV 31527200 o en Huelva.
Organismo contratante
Concejal Responsable del Área de Hacienda y Patrimonio del Ayuntamiento de Huelva
NIF: P2104100I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Negociado sin publicidad
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Huelva
- Código NUTS
- ES615
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 51.740,16 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 62.605,59 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 51.740,16 €
- Baja
- 0 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 51.740,16 €
- Fecha de adjudicación
- 23/03/2023
- Formalización del contrato
- 18/04/2023
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 28 días
Criterios de adjudicación
- Oferta económica.(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económico financiera se acreditará de conformidad el art.87 de la LCSP, debiendo disponer de un volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos de al menos una vez y media el valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario está inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- De conformidad con lo establecido en el art.89 de la LCSP, la justificación de la solvencia técnica del empresario se acreditará mediante relación de los suministros efectuados en el curso de los tres (3) últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de éste certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, éstos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente, debiendo ser el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 31527200
- 31527210
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