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Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de CandelariaExpediente: 55/H/23/SU/GE/A/0005Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de vasos desechables para el abastecimiento de la cocina hospitalaria del Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria, en función de las necesidades (DA 33 de la Ley de Contratos del Sector Público).

Información sobre la licitación Suministro de vasos desechables para el abastecimiento de la cocina hospitalaria del Complejo Hospitalario Universitario Nuestra Señora de Candelaria, en función de las necesidades (DA 33 de la Ley de Contratos del Sector Público) de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria. Puedes consultar otras licitaciones de Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria, del CPV 39220000 o en Santa Cruz de Tenerife.

Organismo contratante

Dirección Gerente del Hospital Universitario Nuestra Señora de Candelaria

NIF: Q8555011I

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Tenerife
Código NUTS
ES709

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
60.000,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
61.800,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
105.000,00 €
Baja
42,86 %
Ofertas recibidas
11 (8 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
0,00 € – 78.000,00 €
Fecha de adjudicación
08/11/2023
Formalización del contrato
04/12/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Criterios de adjudicación

  • Menor Precio(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles, en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de ofertas, por importe igual o superior a ochenta y cuatro o mil euros(84.000,00 €). En el caso de empresas cuyo período de actividad no abarque los tres últimos ejercicios, es necesario presentar la cifra de negocios del período de actividades de la empresa, que deberá ser igual o superior, en todo caso, a la cuantía referida anteriormente, por año o fracción de año acreditado. Se ha tenido en cuenta, para el cálculo de la solvencia económica, 0,8 veces la anualidad media del presupuesto base de licitación sin IGIC. b) Concreción de los requisitos Se acreditará por medio de certificación o nota simple de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil y declaración del empresario indicando el volumen de negocios global de la empresa. Cuando por una razón válida el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Deberá acreditarse que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a cincuenta y dos mil quinientos euros (52.500,00 €) tomando como referencia 0,5 veces la anualidad media del presupuesto base de licitación sin IGIC. b) Concreción de los requisitos Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado mediante una certificación del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. En su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la unidad competente.

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 39220000

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