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Presidencia de la Diputación Provincial de GranadaExpediente: SE-7/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios de consultoría técnica, jurídico-administrativa. económico-social y de marketing para la Oficina de Transformación Comunitaria (OTC) de la Diputación de Granada, financiado por Next GenerationEU, con cargo a fondos del MRR en el marco del PRTR.

Información sobre la licitación Servicios de consultoría técnica, jurídico-administrativa. económico-social y de marketing para la Oficina de Transformación Comunitaria (OTC) de la Diputación de Granada, financiado por Next GenerationEU, con cargo a fondos del MRR en el marco del PRTR de Presidencia de la Diputación Provincial de Granada. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia de la Diputación Provincial de Granada, del CPV 71318000 o en Granada.

Organismo contratante

Presidencia de la Diputación Provincial de Granada

NIF: P1800000J

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

SENDA SOSTENIBLE SLB06967236
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
72.808,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
88.097,69 €
Presupuesto base (sin IVA)
98.389,20 €
Baja
26 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
72.808,00 € – 90.340,96 €
Fecha de adjudicación
28/10/2025
Formalización del contrato
11/11/2025

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Criterios de adjudicación

  • Experiencia del personal asignado al contrato en acompañamiento específico a comunidades energéticas(Automático)Ponderación: 20
  • Realización de Master relacionado con las comunidades energéticas(Automático)Ponderación: 20
  • Propuesta Económica(Automático)Ponderación: 20
  • Horas de formación en materias relacionadas con las comunidades energéticas(Automático)Ponderación: 20
  • Tiempo de respuesta(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser al menos de 149.369,57 € El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Se acreditará la solvencia técnica o profesional mediante relación de los principales SERVICIOS realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Para determinar que es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV: 713, 791, 793 y 794. El requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 119.495,65 € Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación, la relación de los principales servicios efectuados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Ver anexo- modelo correspondiente del PCAP.
  • PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: Se acreditará según lo establecido en el Artículo 90, apartado e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 71318000
  • 79140000
  • 79412000
  • 79400000
  • 79340000

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