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Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de LeónExpediente: 1024186FComprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicios de “Escuela de Emprendimiento Innovador en el Territorio de León”

Información sobre la licitación Servicios de “Escuela de Emprendimiento Innovador en el Territorio de León” de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León, del CPV 73220000 o en León.

Organismo contratante

Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de León

NIF: P2400000B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
León
Código NUTS
ES413

Adjudicación

Formalizado

Impact Hub SLB85461572
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
112.710,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
136.379,10 €
Presupuesto base (sin IVA)
120.600,00 €
Baja
6,54 %
Ofertas recibidas
10 (9 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
74.060,00 € – 112.710,00 €
Fecha de adjudicación
21/07/2023
Formalización del contrato
06/10/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 9 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 49
  • Por experiencia acreditada en el desarrollo de acciones de formación en emprendimiento innovador(Automático)Ponderación: 21
  • Por experiencia acreditada en el diseño, lanzamiento y coordinación de Escuelas de Emprendimiento y de la creación de Comunidades de Emprendedores(Automático)Ponderación: 20
  • Por experiencia acreditada en el diseño, implementación y coordinación de programas de emprendimiento innovador(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios del licitador referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos. Requisito mínimo a acreditar: importe igual o superior a 1.5 veces el valor estimado del contrato, ascendiendo a 180.900,00 €. Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Conforme a modelos previstos en el Plan General de Contabilidad, aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, en la cuenta anual de pérdidas y ganancias, se comprobará el requisito establecido para el volumen anual de negocios mediante la observación del importe consignado en la partida “Importe neto de la cifra de negocios” (epígrafe A) OPERACIONES CONTINUADAS; Subepígrafe1). Los empresarios individuales no inscritos en Registro Mercantil acreditarán volumen anual de negocios mediante libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Este requisito podrá ser igualmente acreditado por medio de certificado del importe neto de la cifra de negocios expedido por la Agencia Tributaria.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato: Requisito mínimo a acreditar: importe igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, 84.420,00 €. Medio de acreditación: Certificados de buena ejecución, indicando importes, fechas y destinatario público o privado en el que haya participado el personal técnico participante: Cuando el destinatario sea una entidad del sector público, el certificado será expedido o visado por el órgano competente. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, el certificado será expedido por este o, a falta de este certificado, se podrá efectuar mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación. Para las empresas de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la indicación del personal técnico o de las unidades técnicas integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente los encargados del control de calidad tal y como establece el art. 90.1 b) de la LCSP.

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Declaración sobre trabajadores con discapacidad
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.

Códigos CPV

  • 73220000

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