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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de VinarósExpediente: 9300/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Redac. proyecto básico y ejecución, direc. facultativa del Parque Gil de Atrocillo Esquina Juan XXIII, así como la Dirección de Ejecución de las Obras y Control de Calidad, contrato que se encuentra cofinanciado por la Generalitat Valenciana.

Información sobre la licitación Redac. proyecto básico y ejecución, direc. facultativa del Parque Gil de Atrocillo Esquina Juan XXIII, así como la Dirección de Ejecución de las Obras y Control de Calidad, contrato que se encuentra cofinanciado por la Generalitat Valenciana de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós, del CPV 71242000 o en Castellón/Castelló.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós

NIF: P1213800D

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Castellón/Castelló
Código NUTS
ES522

Adjudicación

Formalizado

Maestrarq, SLPB44511053
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
16.500,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
19.965,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
19.118,00 €
Baja
13,69 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
16.500,00 € – 17.206,20 €
Fecha de adjudicación
17/03/2023
Formalización del contrato
24/03/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 1 año

No se establece la posibilidad de prórroga.

Criterios de adjudicación

  • EVALUACIÓN DE LA REDUCCIÓN DEL PLAZO DE EJECUCIÓN(Automático)Ponderación: 30
  • EXPERIENCIA DEL EQUIPO REDACTOR(Automático)Ponderación: 25
  • COMPOSICIÓN DEL EQUIPO REDACTOR(Automático)Ponderación: 24
  • EVALUACIÓN DEL PRECIO U OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 21

Solvencia económica y financiera

  • Si el licitador es una empresa (persona jurídica), el criterio será el volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato que referido al año de mayor volumen de negocios dentro de los tres últimos sea al menos de una vez y media el valor estimado del contrato. Este volumen anual de negocios se acreditará por medio de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y para el caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que se hayan inscrito.
  • Si se trata de profesionales (personas físicas), mediante la disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta la finalización del plazo de presentación de ofertas, que cubra la responsabilidad del equipo facultativo designado, así como la aportación del compromiso de su renovación o prórroga que de garantía al mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Esta póliza deberá de cubrir tanto daños a terceros como cualquier otra eventualidad que pueda surgir durante la vigencia del contrato. La póliza deberá de tener vigencia suficiente para cubrir la responsabilidad del equipo hasta la finalización de la prestación del servicio. La suma del importe de la póliza o pólizas será de al menos 3 veces el valor estimado del contrato. Dado que la responsabilidad civil de los miembros del equipo facultativo es solidaria, los importes de las pólizas individuales de sus miembros podrán acumularse para conseguir el importe mínimo requerido. La acreditación de este requisito se efectuará mediante certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importe y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el compromiso vinculado de suscripción, prórroga o renovación del seguro, cuando proceda.

Solvencia técnica o profesional

  • 1.- Personal técnico, integrado o no en la empresa que participaran en el contrato: El equipo facultativo debe estar constituido por el conjunto de personas físicas con titulación adecuada y suficiente que debe asumir la dirección de la obra en los aspectos técnicos, económicos y estéticos, de conformidad con el Proyecto aprobado, los pliegos y el resto de condiciones del contrato y las autorizaciones administrativas, y que tiene que velar por la aptitud final de la obra de acuerdo con el uso previsto. El equipo de trabajo estará conformado por un equipo pluridisciplinar que abordará las diferentes necesidades del proyecto, con base de conocimiento en las ramas del paisajismo desde un enfoque ecológico y la aplicación de soluciones basadas en la naturaleza. Se deberá contar como mínimo con: - Un profesional con titulación de Arquitectura, con experiencia previa acreditada en la redacción de trabajos similares a los del objeto del contrato en, al menos, UN contrato cuyo valor estimado sea de al menos de 12.000 €. - Un profesional con titulación de Ingeniería, con experiencia previa acreditada en la redacción de trabajos similares a los del objeto del contrato en, al menos, UN contrato cuyo valor estimado sea de al menos de 12.000 €. - Un profesional con titulación de Biología, especializado en biodiversidad y/o soluciones basadas en la naturaleza, con experiencia previa acreditada en la redacción de trabajos similares a los del objeto del contrato en, al menos, UN contrato cuyo valor estimado sea de al menos de 12.000 €. Para acreditar la solvencia se aportará declaración indicando los profesionales que se adscribirán al contrato, a la que se adjuntará copia de los títulos universitarios que acrediten la formación, así como copia de los contratos de trabajo o certificado de buena ejecución emitido por las empresas para las que se realizó el trabajo, en la que se detalle los trabajos similares realizados y resto de datos necesarios. El adjudicatario se compromete a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales (equipo facultativo) relacionados en su proposición, de forma que constituya una obligación contractual esencial, a los efectos señalados en el artículo 211 f) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, (de ahora en adelante, LCSP) mantener y no variar los miembros del equipo facultativo ofrecidos, excepto por una causa justificada y con la autorización previa del órgano de contratación.
  • Para el caso de que el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por lo dispuesto en el primer punto de este apartado (personal técnico integrado o no en la empresa que participará en el contrato) sin necesidad de acreditar la experiencia laboral.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Declaración sobre trabajadores con discapacidad
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 71242000
  • 71541000

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