Alcaldia del Ayuntamiento de LupiónExpediente: 232/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Adquisición gradas e instalación en pabellón cubierto de Lupión
Información sobre la licitación Adquisición gradas e instalación en pabellón cubierto de Lupión de Alcaldia del Ayuntamiento de Lupión. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Lupión, del CPV 37400000 o en Jaén.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Jaén
- Código NUTS
- ES616
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 21.515,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 26.033,15 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 25.200,00 €
- Baja
- 14,62 %
- Ofertas recibidas
- 5 (5 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 21.515,00 € – 25.198,59 €
- Fecha de adjudicación
- 16/01/2023
- Formalización del contrato
- 26/01/2023
Documentos
- PCAP6 Pliego de Clausulas Administrativas Particulares.pdfAbrir original
- PPTPPT adquisicion de gradas.pdfAbrir original
- Anexo7 Anexos.pdfAbrir original
- Expedienteacta de la 2ª mesa de contatraciónAbrir original
- Expedienteacta de la 1ª mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedientePlano tribunaAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 meses
Criterios de adjudicación
- Menor precio ofertado(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia económica, financiera. La Solvencia Económico-Financiera se entenderá acreditada mediante el volumen de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, igual a una vez y media el valor estimado del contrato. Dicho criterio se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. También será admisible la declaración del Impuesto de Sociedades. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación de la Declaración Resumen Anual del Impuesto sobre el valor añadido (Modelo 390). Ver clausula sexta y séptima del PCAP.
Solvencia técnica o profesional
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que acrediten su solvencia técnica o profesional. La Solvencia Técnica del empresario, deberá acreditarse por el siguiente medio: a.-) Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. El importe anual acumulado (de cualquiera de los tres años), de los suministros facturados de igual o similar naturaleza a los que se suministran, deberá ser igual o superior al 70% del importe, incluido I.V.A. Ver clausula sexta y séptima del PCAP.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 37400000
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