Distrito de HortalezaExpediente: 300/2022/00781Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Prestación del servicio educativo de la escuela infantil Doña Francisquita sita en la calle Cambados nº 1, del Distrito de Hortaleza, con servicio de desayuno, comida y merienda que incorporen productos de comercio justo
Información sobre la licitación Prestación del servicio educativo de la escuela infantil Doña Francisquita sita en la calle Cambados nº 1, del Distrito de Hortaleza, con servicio de desayuno, comida y merienda que incorporen productos de comercio justo de Distrito de Hortaleza. Puedes consultar otras licitaciones de Distrito de Hortaleza, del CPV 80110000 o en Madrid.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 2.777.772,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 2.777.772,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 2.793.860,04 €
- Baja
- 0,58 %
- Ofertas recibidas
- 9 (6 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 2.573.145,10 € – 2.793.860,04 €
- Fecha de adjudicación
- 21/07/2023
- Formalización del contrato
- 21/08/2023
Documentos
- PCAPPCAP EI DONA FRANCISQUITA.pdfAbrir original
- PPTPPT EI DONA FRANCISQUITA.pdfAbrir original
- ExpedienteActa S5Abrir original
- ExpedienteInforme TécnicoAbrir original
- ExpedienteActa S3Abrir original
- ExpedienteActa S4Abrir original
- ExpedienteInforme Técnico Comité ExpertosAbrir original
- ExpedienteInforme Técnico Comité ExpertosAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa S2Abrir original
- ExpedienteActa S1Abrir original
- ExpedienteComposición del comité de expertosAbrir original
- ExpedienteComposición del comité de expertosAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteEstudio económicoAbrir original
- ExpedienteAclaración PCAP cambio normativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
PRORROGA: SI, como máximo hasta el 15 de agosto de 2028
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 25
- Propuesta Pedagógica que incluye una unidad de programación por cada nivel de edad y el periodo de acogida:(Juicio de valor)Ponderación: 19
- Relaciones con familias y su participación en la escuela. Apoyo al ejercicio de la parentalidad positiva desde la escuela infantil:(Juicio de valor)Ponderación: 10
- Perfil y papel del educador-a en su relación con los niñas-os, familias y equipo educativo. Pareja educativa y acción tutorial(Juicio de valor)Ponderación: 7
- Compromiso de realización de actividades complementarias en horario lectivo, sin coste para las familias, dirigidas a niñas y niños relacionadas con música, teatro y/o cuentacuentos(Automático)Ponderación: 5
- Análisis del contexto del centro: realidad socioeconómica, demográfica, cultural, necesidades y recursos educativos y sociales, características y necesidades de las familias.(Juicio de valor)Ponderación: 4.5
- Proyecto Coeducativo con perspectiva de género(Juicio de valor)Ponderación: 4
- Plan de Atención a la Diversidad del alumnad(Juicio de valor)Ponderación: 4
- Imagen de niña-o e identidad pedagógica que fundamenta este proyecto:(Juicio de valor)Ponderación: 4
- Mejora en la formación obligatoria de los empleados(Automático)Ponderación: 4
- Criterios para la organización, funcionamiento y convivencia en el centro(Juicio de valor)Ponderación: 3
- Proyecto de gestión de recursos humanos, materiales y económicos del centro(Juicio de valor)Ponderación: 3
- Proyecto de iniciación al inglés para el nivel 2-3 años, Metodología didáctica(Juicio de valor)Ponderación: 2.5
- Proceso de elaboración del Proyecto Educativo de Centro(Juicio de valor)Ponderación: 2
- Fundamentos teóricos y bases psicopedagógicas de la educación infantil(Juicio de valor)Ponderación: 1.5
- Proyecto para el fomento de la calidad educativa(Juicio de valor)Ponderación: 1
- Coherencia del proyecto con el marco normativo regulador del primer ciclo de educación infantil(Juicio de valor)Ponderación: 0.5
Solvencia económica y financiera
- Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. El volumen de negocios mínimo anual exigido no excederá de una vez y media el valor estimado del contrato, excepto en casos debidamente justificados como los relacionados con los riesgos especiales vinculados a la naturaleza de las obras, los servicios o los suministros. El órgano de contratación indicará las principales razones de la imposición de dicho requisito en los pliegos de la contratación o en el informe específico a que se refiere el artículo 336. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que, en el ámbito de las actividades de educación infantil, el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años concluidos (2020, 2021 y 2022) sea igual o superior al 30 por 100 de una anualidad completa del presupuesto base de licitación, (279.386,00 €) debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Las entidades licitadoras podrán acreditar la solvencia económica por medios alternativos en los términos del artículo 86.1 de la LCSP párrafo tercero, que establece que “cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado”. Si cualquier licitador hiciera uso de esta posibilidad, corresponderá a la mesa de contratación valorar tanto las circunstancias objetivas concurrentes que le impidan acreditar su solvencia económica, como la suficiencia del medio escogido a efectos de acreditar su solvencia económica.
Solvencia técnica o profesional
- Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de medios: - Deberán adscribirse los medios personales establecidos en la cláusula 6 del PPT. Este compromiso de adscripción es obligación contractual esencial.
- Artículo 90.1 apartado a) de la LCSP: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos; cuando sea necesario para garantizar un nivel adecuado de competencia los poderes adjudicadores podrán indicar que se tendrán en cuenta las pruebas de los servicios pertinentes efectuados más de tres años antes. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se entenderá acreditada la solvencia por las empresas que, en los últimos tres años, contados hasta la fecha final de presentación de ofertas, hayan realizado trabajos de igual o similar naturaleza al que corresponde el objeto del contrato por un importe anual acumulado igual o superior a un ocho por 100 del presupuesto base de licitación (223.508,80 €). A los efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los cuatro primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV, o en su defecto, se entenderá por servicios de igual o similar naturaleza la gestión educativa de una o varias escuelas infantiles que cubra el primer ciclo de Educación Infantil.
Garantías
- Definitiva: 5 %
- Especial: 1 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre trabajadores con discapacidad
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 80110000
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