Junta de Gobierno del Ayuntamiento de VinarósExpediente: 6704/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de Impartición de clases y actuaciones teatrales de la Escuela municipal de teatro de Vinaròs.
Información sobre la licitación Servicio de Impartición de clases y actuaciones teatrales de la Escuela municipal de teatro de Vinaròs de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós, del CPV 80510000 o en Castellón/Castelló.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Vinarós
NIF: P1213800D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Urgente
- Lugar de ejecución
- Castellón/Castelló
- Código NUTS
- ES522
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 16.950,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 16.950,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 17.000,00 €
- Baja
- 0,29 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 16.490,00 € – 16.950,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP AULA DE TEATRO .pdfAbrir original
- PPTPPT ESCOLA MUNICIPAL DE TEATRE DE VINAROS.pdfAbrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa Contratación 02-12-2022 a las 10:15hAbrir original
- ExpedienteAnuncio Celebración Mesa Contratación 02-12-22 a las 10:15hAbrir original
- ExpedienteConvocatoria Mesa Contratación 02-12-2022 a las 10:15hAbrir original
- ExpedienteCONVOCATORIA MESA CONTRATACIÓN 15-12-22Abrir original
- ExpedienteActa Firmada Mesa contratación 17-11-22 a las 9:30hAbrir original
- ExpedienteConvocatoria mesa 17 noviembreAbrir original
- Expedienteanuncio celebración mesa contratación 17 noviembreAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteModelo DEUCAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Se podrán aprobar prórrogas de dos cursos adicionales de curso en curso.
Criterios de adjudicación
- Mejor precio ofrecido(Automático)Ponderación: 49
- Proyecto Técnico(Juicio de valor)Ponderación: 41
- Mejoras(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Se acreditará por los siguientes medios de acuerdo con lo establecido en el art. 87 LCSP: 1.- Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles. El volumen de negocios mínimo exigido será al menos de 25.500,00€ (una vez y media el valor anual medio del contrato). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositados en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en este registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en qué hubiere de estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán el volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. 2.- Cuando el empresario por una razón válida, no esté en condiciones de presentar la solvencia económica y financiera detallada en el punto 1 podrá, de acuerdo con el artículo 86.1 LCSP acreditar la solvencia económica y financiera mediante declaración apropiada de entidad financiera de acuerdo con el modelo que se indica en la cláusula 9 de los PCAP. La acreditación de la inscripción del empresario en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Cualificadas del Sector Público acreditará las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario a tenor de lo que en ellos se disponga.
Solvencia técnica o profesional
- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación (antigüedad inferior a 5 años), su solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio de acuerdo con lo dispuesto en el art. 90.1.b): Indicación del personal técnico que se encargará de ejecutar el contrato.
- Se acreditará con los siguientes medios de acuerdo con lo dispuesto en el art. 90 LCSP: 1.- EQUIPO TÉCNICO: Se requerirá como mínimo contar entre los miembros del equipo técnico o equipo docente, con un docente o profesor/a que disponga del título oficial de arte dramático. El docente o profesor deberá acreditar una experiencia mínima de tres años impartiendo clases de teatro. Dicha experiencia la acreditarán mediante certificados emitidos por las entidades, públicas o privadas, para las que desarrolló dicho trabajo, así como a través de cartas de recomendación, artículos de prensa, trabajo actoral en compañías de teatro, formación en escuelas de teatro, arte dramático o dramaturgia. Asimismo se requerirá que el docente o profesor hayan cursado como mínimo cinco cursos relacionados con el mundo del teatro, debiendo acreditarlo fehacientemente. Para el caso de que se disponga de más profesores que ejecuten el contrato, todos ellos deberán disponer de la experiencia y formación mínimas indicadas.
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No estar incurso en incompatibilidades
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Capacidad de obrar
- Declaración sobre trabajadores con discapacidad
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 80510000
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