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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Burgo de EbroExpediente: 609/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Remodelación del Pabellón de Deportes Fase II

Información sobre la licitación Remodelación del Pabellón de Deportes Fase II de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Burgo de Ebro. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Burgo de Ebro, del CPV 45212200 o en Zaragoza.

Organismo contratante

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de El Burgo de Ebro

NIF: P5006200I

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Zaragoza
Código NUTS
ES243

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
257.922,62 €
Importe adjudicado (con IVA)
312.086,37 €
Presupuesto base (sin IVA)
279.025,38 €
Baja
7,56 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
257.922,62 € – 278.805,38 €
Fecha de adjudicación
22/12/2022
Formalización del contrato
30/12/2022

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 60
  • Garantía(Automático)Ponderación: 25
  • Reducción plazo de ejecución(Automático)Ponderación: 15

Solvencia económica y financiera

  • O a través de justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución, debiendo al menos superar en una anualidad el 60% del importe valor estimado del contrato. Estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta. b) Si el contratista es una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios anteriores, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45212200

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