Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1377015XComprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicios de gestión de contenidos de agenda cultural y deportiva Vivealba y mupis digitales. Expte 117-2024
Información sobre la licitación Servicios de gestión de contenidos de agenda cultural y deportiva Vivealba y mupis digitales. Expte 117-2024 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 72421000 o en Albacete.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete
NIF: P0200300B
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Albacete
- Código NUTS
- ES421
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 21.360,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 25.845,60 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 20.180,00 €
- Baja
- -5,85 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 21.360,00 € – 37.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- 28/01/2026
- Formalización del contrato
- 11/02/2026
Documentos
- PCAPPCAP_117-2024.pdfAbrir original
- PPTPPT_117-2024.pdfAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteANEXOSAbrir original
- ExpedienteResolución de corrección de errorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedientePPTAbrir original
- ExpedienteFORMULARIO DEUC XMLAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteANEXO II. Documento explicativo DEUCAbrir original
- ExpedientePCAPAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteInforme valoración bajas anormalesAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteInforme justificación baja anormalAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Posibilidad de prórroga: Prórroga contractual: Sí, 2 años por anualidades
Criterios de adjudicación
- 10.2.B) Criterios evaluables a través de fórmulas. Único criterio. Precio.(Automático)Ponderación: 60
- 10.2.A)Criterios ponderables a través de Juicio de valor. Único criterio. Memoria técnica(Juicio de valor)Ponderación: 40
Solvencia económica y financiera
- 7.1.- ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios disponibles, uno de ellos deberá ser al menos una vez y medio el valor anual medio del contrato, es decir, debe ser al menos de Valor anual medio. 21.189,00 € Volumen anual de negocios: 31.783,50 € C) Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 87, apartado 3º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, el volumen anual de negocios, por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio.
Solvencia técnica o profesional
- 7.2.1.- EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN 1º CRITERIO: A) EXPERIENCIA EN LA REALIZACION DE SERVICIOS de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado, en el año de mayor ejecución de los últimos tres años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, es decir, deber ser al menos por las cuantías siguientes Valor anual medio: 21.189,00 € Solvencia requerida: 14.832,30 € A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y los que constituyan el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia entre los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. C) Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato realizados en el curso de los tres últimos años en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos que se acreditarán mediante certificados expedidos a tal efecto. D) Principales razones de la imposición de este requisito: En el artículo 90, apartado 2º, de la LCSP, se establece como criterio residual, cuando los pliegos no concreten los criterios y requisitos mínimos, la experiencia (relación de los principales servicios) por lo que entendemos que su aplicabilidad es de carácter general en todo tipo de contrato, de ahí que se haya elegido dicho criterio. 2º CRITERIO. - MEDIOS PERSONALES a) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad b) Requisito mínimo: Un jefe de Proyecto encargado del control de calidad que será responsable de la vigilancia del servicio y de la comunicación con el Ayuntamiento. Dos analistas de sistemas que realizaran las tareas propias del objeto del contrato c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación y experiencia del Jefe de Proyecto encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto del contrato y de los dos analistas de sistemas, y su vinculación con la empresa VER PAGINA 53 DEL PCAP
- 7.2.2.- EMPRESAS QUE SEAN DE NUEVA CREACIÓN (antigüedad inferior a cinco años) UN ÚNICO CRITERIO. MEDIOS PERSONALES a) Criterio: INDICACIÓN DEL PERSONAL TÉCNICO O UNIDADES TÉCNICAS, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. b) Requisito mínimo: Un jefe de Proyecto encargado del control de calidad que será responsable de la vigilancia del servicio y de la comunicación con el Ayuntamiento. Dos analistas de sistemas que realizaran las tareas propias objeto del contrato. c) Medio de acreditación: Declaración responsable de los medios personales que dispondrá el licitador para la ejecución del contrato, con la titulación y experiencia del Jefe de Proyecto encargado en el control de la calidad de las prestaciones objeto del contrato y de los dos analistas de sistemas, y su vinculación con la empresa. d) Principales razones de la imposición de este requisito: Es un criterio legal (artículo 90.1.b LCSP), que aportará un plus más en la calidad de las prestaciones objeto del contrato, ya que se encargarán de ejecutar las prestaciones de manera eficaz y de verificar y controlar que las prestaciones se ejecutan de una manera correcta, contribuyendo a una mejora en una de las fases que más preocupan en las licitaciones: fase de ejecución de los contratos.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
Códigos CPV
- 72421000
- 79970000
- 72413000
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