Alcaldía del Ayuntamiento de JacarillaExpediente: 362/2022 Plan Vega RenhaceComprobada en la Plataforma de Contratación:
Contrato de obra de ejecucion de red de recogida de aguas pluviales en varias calles de la localidad, dentro del Plan Vega Renhace
Información sobre la licitación Contrato de obra de ejecucion de red de recogida de aguas pluviales en varias calles de la localidad, dentro del Plan Vega Renhace de Alcaldía del Ayuntamiento de Jacarilla. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Jacarilla, del CPV 45231300 o en Alicante/Alacant.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Alicante/Alacant
- Código NUTS
- ES521
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 299.900,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 362.879,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 314.112,02 €
- Baja
- 4,52 %
- Ofertas recibidas
- 5 (4 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 0,00 € – 311.890,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPROYECTO DE OBRA.pdfAbrir original
- AnexoPROYECTO DE OBRA.pdfAbrir original
- AnexoDocumento mejoras.pdfAbrir original
- AnexoPRESTO.bc3Abrir original
- ExpedienteDocumento mejorasAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteRequerimiento de documentaciónAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables automáticamenteAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 50
- Mejoras(Automático)Ponderación: 50
Solvencia económica y financiera
- En la fase de licitación, se acreditara con declaración responsable. El propuesto como adjudicatario tendrá que acreditar el cumplimiento de lo previsto en los PCAP: El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato (apartado B.3.) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el anuncio de licitación (B.1. y B.2.) B.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno de los siguientes medios a elegir por el licitador: - Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a una vez y media el valor estimado del contrato. - Justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al presupuesto base de licitación del contrato, que cubra al menos siguientes riesgos: la no finalización de las obras por causas no imputables a la administración; la finalización de la obra por ejecución incompleta del contrato; la responsabilidad civil frente a terceros por daños causados a terceros, por daños materiales o personales sufridos como consecuencia de la ejecución de la obra contratada, con fecha de vencimiento posterior al 31 de diciembre de 2022. B.3. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo o subgrupo indicado en el apartado 1.13 del cuadro-resumen, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
Solvencia técnica o profesional
- En la fase de licitación, se acreditara con ROLECE. El propuesto como adjudicatario tendrá que acreditar el cumplimiento de lo previsto en los PCAP: El empresario podrá acreditar su solvencia indistintamente mediante su clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente al contrato (apartado B.3.) o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el anuncio de licitación (B.1. y B.2.) B.2. En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario se acreditará por alguno de los siguientes medios: - Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el siguiente medio: - Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras, así como declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. B.3. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público en el grupo o subgrupo indicado en el apartado 1.13 del cuadro-resumen, acreditará su solvencia económica y financiera y solvencia técnica para contratar.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 45231300
- 45232130
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