Club de Campo Villa de Madrid, S.A.Expediente: CCV/2022/00705Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro de energía eléctrica en las instalaciones del Club de Campo Villa de Madrid, S.A.
Información sobre la licitación Suministro de energía eléctrica en las instalaciones del Club de Campo Villa de Madrid, S.A de Club de Campo Villa de Madrid, S.A.. Puedes consultar otras licitaciones de Club de Campo Villa de Madrid, S.A., del CPV 09310000 o en Madrid.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Urgente
- Lugar de ejecución
- Madrid
- Código NUTS
- ES300
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 1.205.438,60 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 1.458.580,71 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 1.252.623,37 €
- Baja
- 3,77 %
- Ofertas recibidas
- 3 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 1.205.438,60 € – 1.213.183,43 €
- Fecha de adjudicación
- 17/11/2022
- Formalización del contrato
- 16/12/2022
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 9 meses
El plazo de ejecución será de nueve meses desde la formalización del contrato. Posibilidad de prórroga por nueve meses llegado el vencimiento inicial del mismo.
Solvencia económica y financiera
- Será acreditada por aquellas empresas cuyo volumen anual de negocios referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato, esto es TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS Documentación obligatoria para su acreditación: 1 El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. 2 Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos tres años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos. Se exige que el importe anual acumulado sin incluir impuestos en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, esto es OCHOCIENTOS SETEISEIS MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL EUROS CON UN CÉNTIMO. (876.836,1 €). Documentación obligatoria para su acreditación: Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá, en caso de duda, a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
- La adjudicataria deberá estar inscrita como comercializadoras de energía eléctrica en el Registro de comercializadores de energía eléctrica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo conforme a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, debiendo figurar en el listado publicado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que contiene los comercializadores que, hayan comunicado al Ministerio de Industria, Energía y Turismo y, en su caso, a la Administración competente, el inicio de su actividad y que no hayan comunicado el cese de la misma conforme lo previsto en el artículo 46.4 del referido cuerpo legal. Forma de acreditación: Mediante certificación de estar inscrita en el Registro de comercializadores de energía eléctrica de la autoridad competente o informe equivalente, junto con una declaración responsable de que no ha comunicado su cese de actividad a los organismos competentes.
- Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará con los medios antes señalados, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en el apartado 1), relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- No estar incurso en incompatibilidades
- Capacidad de obrar
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
Códigos CPV
- 09310000
- 31154000
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