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Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de CórdobaExpediente: GEX 2674/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Concesión de servicios para la gestión y explotación del camping municipal Puente Nuevo y el Hotel La Alcoholera

Información sobre la licitación Concesión de servicios para la gestión y explotación del camping municipal Puente Nuevo y el Hotel La Alcoholera de Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba, del CPV 55200000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Pleno del Ayuntamiento de Villaviciosa de Córdoba

NIF: P1407300A

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Contrato

Tipo
Concesión de servicios
Procedimiento
Negociado sin publicidad
Tramitación
Urgente
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
626.444,40 €
Importe adjudicado (con IVA)
757.997,72 €
Presupuesto base (sin IVA)
626.444,40 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
626.444,40 €
Fecha de adjudicación
17/10/2022
Formalización del contrato
24/11/2022

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 20 años

prorrogable por CINCO años más

Criterios de adjudicación

  • Valoración del Proyecto de gestión y explotación la actividad(Juicio de valor)Ponderación: 30
  • Generación de empleo directo(Automático)Ponderación: 30
  • Oferta economica respecto presupuesto base licitacion- Mejora de canon(Automático)Ponderación: 30
  • Valoración de la inversión recomendable propuesta para realizar a lo largo de la duración del contrato(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • El criterio para la acreditación de la solvencia económica y financiera será el volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario por importe igual o superior a una anualidad media del valor estimado del contrato, considerando el importe del mismo. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Podrá utilizarse el modelo 390 u otro modelo de comunicación de facturación que utilice el licitador, o en caso de no poder presentar alguno de estos medios podrá autorizarse la acreditación de su volumen de negocios conforme a otros medios que se estimen suficientes por el órgano de contratación Cuando una empresa recurra a las capacidades de otras entidades en lo que respecta a los criterios relativos a la solvencia económica y financiera, de conformidad con el artículo 75 LCSP, se exigirá compromiso de responsabilidad solidaria en la ejecución del contrato, así como que ésta se hubiera hecho constar en la declaración incorporada en el sobre A. En todo caso, la inscripción en el Registro oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará frente a todos los órganos de contratación del sector público, a tenor de lo reflejado en él las condiciones de solvencia económica y financiera. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación.

Solvencia técnica o profesional

  • Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% de la anualidad media del valor estimado del contrato, I.V.A excluido, considerando el importe del contrato. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se podrá acudir además de al CPV, a otros sistemas de clasificación de actividades o productos como el Código normalizado de productos y servicios de las Naciones Unidas (UNSPSC), a la Clasificación central de productos (CPC) o a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE), que en todo caso deberá garantizar la competencia efectiva para la adjudicación del contrato. En defecto de previsión en el pliego se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por uno o varios de los medios a que se refieren las letras b) a i) del artículo 90.1 LCSP, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a) del citado precepto, relativo a la ejecución de un número determinado de servicios. En caso de concurrir en Unión Temporal de Empresas, deberá presentarse la documentación que acredite la solvencia por cada una de las empresas que la conformarán. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al Documento Europeo Único de Contratación

Garantías

  • Definitiva: 97.882,25 €

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Capacidad de obrar
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 55200000
  • 55100000
  • 55300000

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