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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de PintoExpediente: 2021/28Comprobada en la Plataforma de Contratación:

acompañamiento a personas para su inclusión social

Información sobre la licitación acompañamiento a personas para su inclusión social de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Pinto. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Pinto, del CPV 85320000 o en Madrid.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Pinto

NIF: P2811300I

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Lote 1 · Formalizado

ASOCIACION GARAJEG86403912
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
47.990,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
47.990,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
51.160,11 €
Baja
6,2 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
47.990,00 €
Fecha de adjudicación
15/10/2021
Formalización del contrato
20/11/2021

Lote 2 · Formalizado

EDUCARE, S.L.B81894792
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
7320,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
8052,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
7704,29 €
Baja
4,99 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
7320,00 €
Fecha de adjudicación
15/10/2021
Formalización del contrato
17/11/2021

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por: Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas. El volumen de negocios mínimo anual exigido será de 35.000 € para el lote 1 y de 3.000 € para el lote 2. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales, legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional del empresario deberá acreditarse por: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público
  • cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El requisito mínimo de solvencia para el lote 1 será haber realizado, como mínimo, dos servicios o trabajos de objeto similar cada uno de ellos por importe de 35.000 €. El requisito mínimo de solvencia para el lote 2 será haber realizado, como mínimo, dos servicios o trabajos de objeto similar cada uno de ellos por importe de 3.000 €. b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad. c) Títulos académicos y profesionales del empresario/a y de directivos/as de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato, así como del personal técnico encargado de los mismos, ajustándose a las cláusula 2ª y 3ª del pliego de Prescripciones Técnicas según las funciones descritas en el mismo. d) Compromiso de adscripción a la ejecución del contrato de los medios materiales necesarios para la prestación del servicio, indicando el material técnico y administrativo, ajustándose a la cláusula 2ª y 3ª del pliego de prescripciones técnicas. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refieren las letras b), c) y d) de esta cláusula.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 85320000

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