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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de CamponarayaExpediente: 420/2019Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Enajenación de parcela del patrimonio municipal del suelo para Residencia tercera edad

Información sobre la licitación Enajenación de parcela del patrimonio municipal del suelo para Residencia tercera edad de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Camponaraya. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Camponaraya, del CPV 70122100 o en León.

Organismo contratante

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Camponaraya

NIF: P2403600F

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Privado
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
León
Código NUTS
ES413

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
60.500,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
73.205,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
47.823,31 €
Baja
-26,51 %
Ofertas recibidas
1 (0 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
60.500,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 15 días

Criterios de adjudicación

  • ASPECTOS RELATIVOS A LA GESTIÓN DE LA RESIDENCIA(Juicio de valor)Ponderación: 19
  • MAYOR NÚMERO DE PLAZAS OFERTADAS. Hasta 18 puntos.(Automático)Ponderación: 18
  • ASPECTOS RELATIVOS A LA EDIFICACIÓN(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • ASPECTOS RELATIVOS AL ESTUDIO DE VIABILIDAD ECONÓMICO FINANCIERA Y PRECIO DEL SERVICIO(Juicio de valor)Ponderación: 15
  • COSTE DE LAS OBRAS DE EDIFICACIÓN. Hasta 13 puntos.(Automático)Ponderación: 13
  • COSTE DEL EQUIPAMIENTO. Hasta 8 puntos.(Automático)Ponderación: 8
  • PLAZO DE EJECUCIÓN. Hasta 6 puntos(Automático)Ponderación: 6
  • MEJORAS EN LA PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Hasta 6 puntos.(Automático)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales.
  • 4. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. 5. Como solvencia adicional, debido a la complejidad de este tipo de proyectos, y teniendo en cuenta que el adjudicatario se compromete a realizar la gestión de la residencia, se exige: b) Presentación de aval bancario/compromiso bancario de financiación de la residencia de la 3ª edad.
  • 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al valor estimado del contrato.
  • 3.1 La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igual o superior al valor estimado del contrato.

Solvencia técnica o profesional

  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: e) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: d) Cuando se trate de servicios o trabajos complejos o cuando, excepcionalmente, deban responder a un fin especial, un control efectuado por el órgano de contratación o, en nombre de éste, por un organismo oficial u homologado competente del Estado en que esté establecido el empresario, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre la capacidad técnica del empresario y, si fuese necesario, sobre los medios de estudio y de investigación de que disponga y sobre las medidas de control de la calidad.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: i) Indicación de la parte del contrato que el empresario tiene eventualmente el propósito de subcontratar.
  • 4. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. 5. Como solvencia adicional, debido a la complejidad de este tipo de proyectos, y teniendo en cuenta que el adjudicatario se compromete a realizar la gestión de la residencia, se exige: a) Experiencia en proyectos similares acreditada mediante certificados de gestión de residencia de 3ª edad.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: g) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los tres últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: h) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
  • 3.2. La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por uno o varios de los medios siguientes: f) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 70122100

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