Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-realExpediente: 2022/00012902FComprobada en la Plataforma de Contratación:
Contratación de los servicios para la organización y gestión de la “fira de nadal” para el año 2022-2023
Información sobre la licitación Contratación de los servicios para la organización y gestión de la “fira de nadal” para el año 2022-2023 de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldia del Ayuntamiento de Vila-real, del CPV 79956000 o en Castellón/Castelló.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Castellón/Castelló
- Código NUTS
- ES522
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 97.184,11 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 117.592,77 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 99.167,46 €
- Baja
- 2 %
- Ofertas recibidas
- 1 (1 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 97.184,11 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP.pdfAbrir original
- PPTPPT.pdfAbrir original
- ExpedienteActa 30 de noviembre de 2022Abrir original
- ExpedienteActa Mesa 24 de noviembre de 2022Abrir original
- ExpedienteActa Mesa 16 de noviembre de 2022Abrir original
- ExpedienteActa 9 de noviembre de 2022Abrir original
- ExpedienteActa apertura Sobre 1 y 2Abrir original
- ExpedienteDEUC pdfAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteDEUC xmlAbrir original
- ExpedientePlanoAbrir original
- ExpedienteInforme de insuficiencia de mediosAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 16 días
La duración del contrato abarcará desde el día de inicio efectivo de la prestación del servicio objeto del mismo (nunca con anterioridad al día 20 de diciembre de 2022) hasta el día 5 de enero de 2023, previa formalización del contrato, sin posibilidad de prórrogas.
Criterios de adjudicación
- Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 50
- Precio(Automático)Ponderación: 40
- Atracción extra y actividades de animación(Automático)Ponderación: 10
Solvencia económica y financiera
- Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos, que deberá ser al menos de 148.751,19 euros. Este volumen anual de negocios se acreditará mediante certificación, nota simple o información análoga expedida por el Registro Mercantil y que contenga las cuentas anuales, siempre que esté vencido el plazo de presentación y se encuentren depositadas; si el ejercicio se encontrara pendiente de depósito, deberán presentarlas acompañadas de la certificación de su aprobación por el órgano competente para ello y de su presentación en el Registro Mercantil, siempre que el empresario estuviera inscrito en dicho Registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que debiera estar inscrito. Los empresarios individuales acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil. Cuando por una razón válida, el operador económico no esté en condiciones de presentar las referencias solicitadas por el órgano de contratación, se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que el poder adjudicador considere apropiado.
Solvencia técnica o profesional
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior a 83.994,84 €. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, la solvencia técnica se acreditará de conformidad con el art. 90.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, aportando una declaración en la que se indiquen los medios suficientes que serán valorados por el técnico competente en la materia de los que se dispondrá para la ejecución del contrato, acompañada de la documentación acreditativa pertinente
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 79956000
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