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Consejo de Gobierno Insular del Cabildo Insular de TenerifeExpediente: SAGP-OBRA-E2022010833Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Obras de “Mejora de la edificación existente en la finca de Las Llanadas”, en el término municipal de Los Realejos.

Información sobre la licitación Obras de “Mejora de la edificación existente en la finca de Las Llanadas”, en el término municipal de Los Realejos de Consejo de Gobierno Insular del Cabildo Insular de Tenerife. Puedes consultar otras licitaciones de Consejo de Gobierno Insular del Cabildo Insular de Tenerife, del CPV 45213240 o en Santa Cruz de Tenerife.

Organismo contratante

Consejo de Gobierno Insular del Cabildo Insular de Tenerife

NIF: P3800001D

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Tenerife
Código NUTS
ES709

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
365.974,15 €
Importe adjudicado (con IVA)
391.592,34 €
Presupuesto base (sin IVA)
386.660,49 €
Baja
5,35 %
Ofertas recibidas
3 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
363.538,19 € – 366.554,15 €
Fecha de adjudicación
25/10/2023
Formalización del contrato
03/11/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 12 meses

Cuando se produzca un retraso en la ejecución de la obra por motivos no imputables al contratista se puede ampliar el plazo inicialmente concedido (cláusula 9 del PCAP).

Se puede ampliar por el plazo inicialmente concedido si se dan las circunstancias establecidas en la cláusula 9 del PCAP.

Criterios de adjudicación

  • Precio del contrato(Automático)Ponderación: 85
  • Criterio medioambiental referido a la antigüedad de la maquinaria a emplear en la ejecución de la obra.(Automático)Ponderación: 8
  • Criterio medioambiental referido a los vehículos de la empresa con distintivo ambiental de categoría "0 emisiones" o "ECO"–criterio medioambiental-(Automático)Ponderación: 7

Solvencia económica y financiera

  • Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica y financiera, indistintamente: a. Bien a través de la acreditación de una clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente, adecuada al objeto del contrato y prevista en la cláusula 4.3.2. b. Volumen anual de negocios conforme a lo dispuesto en la cláusula 4.3.3.a) del PCAP. Se entiende que se cumple el volumen anual de mínimo exigido en la presentada conforme al Anexo IV del PCAP (Modelo de Declaración Responsable).
  • Si el licitador recurre a la solvencia y medios externos de otras empresas, deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos. También presentara declaración responsable cada una de las empresas a las que recurra, conforme a lo dispuesto en la cláusula 4.3.3.a) del PCAP. En caso de no acudir a medios externos de solvencia tiene que subir un documento indicando que no procede.

Solvencia técnica o profesional

  • Si el licitador recurre a la solvencia y medios externos de otras empresas, deberá presentar una declaración responsable en la que figure la información pertinente para estos casos. También presentara declaración responsable de cada una de las empresas a las que recurra, conforme a lo dispuesto en la cláusula 4.3.3.B) del PCAP. En caso de no acudir a medios externos de solvencia tiene que subir un documento indicando que no procede.
  • Los licitadores deberán acreditar su solvencia técnica o profesional, indistintamente: a. Bien a través de la acreditación de una clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente, adecuada al objeto del contrato y prevista en la cláusula 4.3.2. b. Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco (5) últimos años, conforme a lo indicado en la cláusula 4.3.3.b)1º del PCAP. Se entiende que se cumple el mínimo exigido prestando declaración responsable conforme al Anexo IV del PCAP (Modelo de declaración responsable). Este requisito no es exigible a las empresas de nueva creación.
  • Los licitadores deberán acreditar su solvencia técnica o profesional, indistintamente: a. Bien a través de la acreditación de una clasificación como contratista de obras en el grupo o subgrupo de clasificación correspondiente, adecuada al objeto del contrato y prevista en la cláusula 4.3.2. b. Se acreditará mediante declaración debidamente fechada y firmada por el licitador indicando el personal técnico u organismos técnicos, estén o no integrados en la empresa, de los que ésta disponga para la ejecución de las obras, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes cuando les sean requeridos por el Servicio Administrativo competente del Área de Gobierno gestora del contrato. Se indica a continuación la titulación y experiencia profesional mínima que deberá tener el siguiente personal técnico: - Jefe de obra, deberá contar con titulación de arquitecto/a, arquitecto/a técnico, ingeniero/a o ingeniero/a técnico y con experiencia mínima de tres (3) años como jefe de obra, en obras de similares características. Dicho requisito mínimo deberá acreditarse aportando título académico de la titulación exigida en el apartado anterior, acompañado de los correspondientes contratos laborales.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45213240

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