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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de AlbaceteExpediente: 1523097NComprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de conserjería en Centro Socio Culturales en Albacete y Barrios Rurales o pedanías, dependientes del Ayuntamiento de Albacete, reservado a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social o a Entidades de Inserción, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 4 de la LCSP. Exp. 149-2025

Información sobre la licitación Servicio de conserjería en Centro Socio Culturales en Albacete y Barrios Rurales o pedanías, dependientes del Ayuntamiento de Albacete, reservado a Centros Especiales de Empleo de Iniciativa Social o a Entidades de Inserción, conforme a lo establecido en la Disposición Adicional 4 de la LCSP. Exp. 149-2025 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete, del CPV 98341130 o en Albacete.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Albacete

NIF: P0200300B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Albacete
Código NUTS
ES421

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
800.266,17 €
Importe adjudicado (con IVA)
938.322,06 €
Presupuesto base (sin IVA)
800.266,17 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
3 (3 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
800.266,17 €
Fecha de adjudicación
07/08/2026
Formalización del contrato
18/09/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

Cuando finalizado un contrato, no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencias resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y, en todo caso, por un periodo máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización del contrato originario, todo ello, de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 29, apartado 4º, último inciso de la LCSP

Posibilidad de prórroga: Prórroga contractual: SI, 2 AÑOS. VER PCAP PAGINA 54

Criterios de adjudicación

  • A) CRITERIO: PRECIO. Ponderación 90 puntos.(Automático)Ponderación: 90
  • B) CRITERIOS CUALITATIVOS. Ponderación 10 puntos(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • ECONÓMICA Y FINANCIERA: A) Criterio: VOLUMEN ANUAL DE NEGOCIOS en el ámbito al que se refiere el contrato referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de las actividades del empresario y de presentación de las ofertas. B) Requisito mínimo: Teniendo en consideración el mayor volumen de negocio del licitador, en los tres últimos ejercicios concluidos, uno de ellos deberá ser al menos una vez y media el valor anual medio al ser de duración superior a 1 año. Valor anual medio: 298.766,06 € y Cuantía mínima solvencia (1,5): 448.149 € Medio de acreditación: Cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y, en caso contrario, por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales, no inscritos en el Registro mercantil, acreditarán su volumen anual de negocios, mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. A efectos de la acreditación de este requisito será necesaria la certificación del registrador mercantil acreditativa de que las cuentas han sido depositadas en dicho organismo o nota simple informativa y, en este caso, deberá ser la de depósito de cuentas, sin que sirva otra distinta, como, por ejemplo, la de información general, conforme a la doctrina del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales (Resolución 315/2017, de 31 de marzo). VER PCAP PAGINA 59 Y 60

Solvencia técnica o profesional

  • A) Criterio: EXPERIENCIA EN LA REALIZACIÓN DE SERVICIOS del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato. B) Requisito mínimo: El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución, de los tres últimos años, debe ser igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato. Por tanto, en este caso, Valor anual medio: 298.766,09 € y Cuantía mínima solvencia (70%): 209.136,27 € Medio de acreditación: Relación de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, ejecutados en los últimos tres años, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media de este contrato. Se deberán aportar certificados de buena ejecución donde conste importe, fecha y lugar de ejecución de los trabajos, indicando si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y si se llevaron normalmente a buen término. VER PCAP PAGINA 60

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Contratos reservados. Reservado a Centros Especiales de Empleo, o talleres protegidos
  • No prohibición para contratar
  • No estar incurso en incompatibilidades

Códigos CPV

  • 98341130

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