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Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de OsunaExpediente: 1841/2025Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro Energía Eléctrica del Ayuntamiento de Osuna

Información sobre la licitación Suministro Energía Eléctrica del Ayuntamiento de Osuna de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Osuna. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Osuna, del CPV 09310000 o en Sevilla.

Organismo contratante

Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Osuna

NIF: P4106800H

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Sevilla
Código NUTS
ES618

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
263.586,13 €
Importe adjudicado (con IVA)
318.939,22 €
Presupuesto base (sin IVA)
1.082.946,81 €
Baja
75,66 %
Ofertas recibidas
3 (2 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
04/03/2026
Formalización del contrato
25/03/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

La duración del contrato será de dos (2) años, contados a partir de la fecha de formalización del mismo, pudiendo prorrogarse antes de finalizar su vigencia por un (1) año y así sucesivamente, sin que el plazo total incluidas las prórrogas pueda exceder de cuatro (4) años. Esta fecha de inicio está condicionada a la fecha de concesión del contrato ATR por parte de la empresa distribuidora. La prórroga se acordará por el órgano de contratación y será obligatoria para el contratista con un preaviso de entre 90 y 60 días a la finalización del plazo de duración del contrato. La duración del contrato quedará condicionada a la existencia de consignación presupuestaria adecuada y suficiente en cada ejercicio presupuestario.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por el siguiente medio: 1º Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a una vez y media del valor estimado del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas por el Registro Mercantil; mediante declaración tributaria donde se refleje el volumen anual de negocios o mediante certificación de la AEAT del volumen anual de negocio.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica de los empresarios deberá acreditarse por alguno de los siguientes medios: Relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en los últimos TRES (3) años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado, de los mismos, acompañada de los documentos acreditativos correspondientes. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste. A falta de éstos, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder de éste que acrediten la realización de la prestación. La inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por el medio a que se refiere el número 2º, sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en el número 1º, relativo a la ejecución de un número determinado de suministros.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 09310000

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