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Diputada delegada de Presidencia, Gobierno Interior y ViviendaExpediente: 1195/25Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de suministro de una máquina nueva plegadora industrial de papel para el Departamento de Ediciones, Publicaciones y B.O.P.

Información sobre la licitación Contrato de suministro de una máquina nueva plegadora industrial de papel para el Departamento de Ediciones, Publicaciones y B.O.P de Diputada delegada de Presidencia, Gobierno Interior y Vivienda. Puedes consultar otras licitaciones de Diputada delegada de Presidencia, Gobierno Interior y Vivienda, del CPV 30000000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Diputada delegada de Presidencia, Gobierno Interior y Vivienda

NIF: P1400000D

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Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
103.255,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
124.938,55 €
Presupuesto base (sin IVA)
103.305,79 €
Baja
0,05 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
103.255,00 €
Fecha de adjudicación
10/03/2026
Formalización del contrato
18/03/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 2 meses

No se prevén modificaciones.

No se prevén prórrogas.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica respecto al presupuesto base de licitación(Automático)Ponderación: 90
  • Ampliación del plazo de garantía de la máquina a suministrar(Automático)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera se acreditará por el medio previsto en el artículo 87.1 de la LCSP, esto es, el volumen anual de negocios que, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, sea, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato, al ser su duración inferior a un año, esto es, 154.958,68 €. El volumen anual de negocios se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuantas anuales legalizados por el Registro Mercantil. Si, por una razón justificada1, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de los documentos que por orden sucesivo y subsidiario se contienen en el Anexo 2, apartado 1 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica o profesional se acreditará por el siguiente medio previsto en el artículo 89.1 de la LCSP, esto es, la relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución deberá ser igual o superior al 70% por ciento del valor estimado del contrato, esto es, 72.314,05 €. Para determinar que un suministro es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV. La relación de los suministros realizados se acreditará mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector publico o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Cuando el licitador pretenda acreditar su solvencia técnica con suministros realizados para la propia Diputación de Córdoba, no resultará obligatorio aportar el certificado a que se refieren los párrafos anteriores, siendo suficiente con que indique el número de expediente y la denominación del contrato de que se trate para que el Servicio de Contratación pueda verificar la existencia de la documentación que acredite la recepción del trabajo.

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • No prohibición para contratar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 30000000
  • 30131100
  • 31000000

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