Pleno del Ayuntamiento de RibadumiaExpediente: 2022-201 22000009Comprobada en la Plataforma de Contratación:
contratacion do servizo de axuda no fogar do concello de ribadumia
Información sobre la licitación contratacion do servizo de axuda no fogar do concello de ribadumia de Pleno del Ayuntamiento de Ribadumia. Puedes consultar otras licitaciones de Pleno del Ayuntamiento de Ribadumia, del CPV 85320000 o en Pontevedra.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Pontevedra
- Código NUTS
- ES114
Adjudicación
Adjudicado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 995.686,80 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 995.686,80 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 1.039.694,48 €
- Baja
- 4,23 %
- Ofertas recibidas
- 4 (0 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP6 PCAP.pdfAbrir original
- PPT7 PPT.pdfAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteRelación ITsAbrir original
- ExpedienteOficio aclaración/correcciónAbrir original
- ExpedientePREGUNTAS Y RESPUESTASAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
Criterios de adjudicación
- PRECIO (MEJOR OPCIÓN ECONÓMICA OFERTADA)(Automático)Ponderación: 49
- SISTEMA DE GESTIÓN DEL SAD MEDIANTE HERRAMIENTA INFORMÁTICA(Automático)Ponderación: 20
- AUMENTO DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS(Automático)Ponderación: 15
- OFERTA DE PROGRAMA "CUIDAR AL CUIDADOR"(Automático)Ponderación: 8
- FORMACION CONTINUADA PARA EL PERSONAL ADSCRITO AL SAD(Automático)Ponderación: 8
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario se deberá acreditar de conformidad con el establecido en el artículo 87 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público: volumen anual de negocios del licitador o candidato, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos deberá ser por lo menos una vez y media el valor anual medio del contrato. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar registrado. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.
Solvencia técnica o profesional
- En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, que deberá acreditarse por: Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, la falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La acreditación de la solvencia técnica o profesional se efectuará mediante la relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Se atenderá a los tres primeros dígitos de sus respectivos códigos CPV. Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante declaración, indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 85320000
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