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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talavera de la ReinaExpediente: 83/2025/CONComprobada en la Plataforma de Contratación:

Contrato de servicio de inmovilización, retirada y traslado al depósito municipal de vehículos de Talavera de la Reina.

Información sobre la licitación Contrato de servicio de inmovilización, retirada y traslado al depósito municipal de vehículos de Talavera de la Reina de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talavera de la Reina. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, del CPV 50118110 o en Toledo.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Talavera de la Reina

NIF: P4516600F

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Toledo
Código NUTS
ES425

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
852.589,21 €
Importe adjudicado (con IVA)
1.031.632,94 €
Presupuesto base (sin IVA)
910.510,38 €
Baja
6,36 %
Ofertas recibidas
2 (0 de PYMEs)
Fecha de adjudicación
09/03/2026
Formalización del contrato
20/04/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 4 años

El plazo de 4 años se considera razonable para la prestación del servicio y sucesivas prórrogas, hasta un máximo de 12 meses, conforme con la LCSP, y valorar, de esta forma, una adecuada prestación del servicio.

Criterios de adjudicación

  • Propuesta económica(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • Art. 87.3 a) LCSP. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Volúmen anual de negocios del licitador o candidatos, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos conluidos deberá ser al menos una vez y media el valor estimado del contrao cuando su duración no sea superior a un año, y al menos una vez y media el valor anual medio del contrato si su duración es superior al año. El volúmen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios emdiante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.

Solvencia técnica o profesional

  • Art. 90.2 LCSP: Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. Se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias

Códigos CPV

  • 50118110

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