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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de SoriaExpediente: 16218/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Ejecución de las obras consistentes en la demolición parcial del edificio residencia situado entre medianeras en calle Zapateria nº 12.

Información sobre la licitación Ejecución de las obras consistentes en la demolición parcial del edificio residencia situado entre medianeras en calle Zapateria nº 12 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria, del CPV 45111214 o en Soria.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria

NIF: P4227700D

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Soria
Código NUTS
ES417

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
135.550,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
164.015,50 €
Presupuesto base (sin IVA)
162.549,00 €
Baja
16,61 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
135.550,00 € – 154.420,00 €
Fecha de adjudicación
Formalización del contrato

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 meses

Criterios de adjudicación

  • Al precio más bajo(Automático)Ponderación: 100

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante: El volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles por importe igual o superior al valor estimado del contrato y referido al objeto del contrato. La acreditación de este requisito se efectuará mediante la presentación de cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito, y declaración del empresario indicando el volumen de negocio del mejor ejercicio dentro de los tres últimos.
  • Empresas de nueva creación Se entenderá como empresa de nueva creación aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años. Su solvencia técnica podrá acreditarse, de no hacerse por los medios anteriormente señalados, mediante: - Declaración de la maquinaria, material y equipo técnico de que se dispondrá para la ejecución de las obras.

Solvencia técnica o profesional

  • la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse mediante: Una relación de las obras ejecutadas en el curso de los últimos 5 años cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al valor estimado del contrato, avaladas por certificados de buena gestión, estos certificados indicaran el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. Las obras a las que se hace referencia en el párrafo anterior habrán de ser del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos. A estos efectos, las obras ejecutadas por una sociedad extranjera filial del contratista de obras tendrán la misma consideración que las directamente ejecutadas por el propio contratista, siempre que este último ostente directa o indirectamente el control de aquella en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio. Cuando se trate de obras ejecutadas por una sociedad extranjera participada por el contratista sin que se cumpla dicha condición, solo se reconocerá como experiencia atribuible al contratista la obra ejecutada por la sociedad participada en la proporción de la participación de aquel en el capital social de esta.
  • Empresas de nueva creación Se entenderá como empresa de nueva creación aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años. Su solvencia técnica podrá acreditarse, de no hacerse por los medios anteriormente señalados, mediante: - Declaración de la maquinaria, material y equipo técnico de que se dispondrá para la ejecución de las obras.

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 45111214
  • 45111100

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