Junta de Gobierno del Ayuntamiento de SoriaExpediente: 8453/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Suministro de señalética accesible para edificios municipales en el ámbito de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Soria
Información sobre la licitación Suministro de señalética accesible para edificios municipales en el ámbito de los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Soria de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria, del CPV 34928471 o en Soria.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Soria
NIF: P4227700D
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Suministros
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Soria
- Código NUTS
- ES417
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 75.257,40 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 91.061,45 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 116.051,00 €
- Baja
- 35,15 %
- Ofertas recibidas
- 3 (3 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 75.257,40 € – 93.464,00 €
- Fecha de adjudicación
- 30/12/2022
- Formalización del contrato
- 16/01/2023
Documentos
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- Al precio más bajo(Automático)Ponderación: 100
Solvencia económica y financiera
- La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse mediante el volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles por importe igual o superior al valor estimado del contrato y referido al objeto del mismo. El volumen anual de negocios se expresará mediante una declaración responsable firmada por el licitador, y se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en el que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizadas, en su caso, por el Registro Mercantil. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia de los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
- Empresas de nueva creación. Se entenderá como empresa de nueva creación aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años. La solvencia económica y financiera se acreditará, conforme al artículo 87.2 y 92 de la Ley de LCSP mediante certificaciones favorables de entidades bancarias que la acrediten y/o aportación de Seguro de Responsabilidad Civil por un importe mínimo igual al valor estimado del contrato.
Solvencia técnica o profesional
- Empresa de nueva creacion La solvencia técnica podrá acreditarse, de no hacerse por los medios anteriormente señalados, mediante la aportación de muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
- La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los tres últimos años. El importe anual acumulado de los trabajos o servicios en el año de mayor ejecución será igual o superior al valor estimado del contrato, indicándose el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a la coincidencia de los tres primeros dígitos del respectivo código de la CPV.
Requisitos específicos
- No prohibición para contratar
- Capacidad de obrar
Códigos CPV
- 34928471
- 31523200
- 34928470
- 44423400
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