Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de TajoExpediente: 793/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de asistencia técnica al Ayuntamiento de Añover de Tajo materia de realización y gestión de la contabilidad.
Información sobre la licitación Servicio de asistencia técnica al Ayuntamiento de Añover de Tajo materia de realización y gestión de la contabilidad de Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo, del CPV 79110000 o en Toledo.
Organismo contratante
Alcaldía del Ayuntamiento de Añover de Tajo
NIF: P4501400H
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Toledo
- Código NUTS
- ES425
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 61.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 73.810,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 64.000,00 €
- Baja
- 4,69 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Fecha de adjudicación
- 17/10/2022
- Formalización del contrato
- 03/11/2022
Documentos
- PCAPPLIEGO DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES.pdfAbrir original
- PPTPliego Prescripciones Tecnicas.pdfAbrir original
- AnexoANEXO II MODELO PROPOSICION ECONOMICA PCAP.docxAbrir original
- AnexoANEXO I DECLARACION RESPONSABLE PCAP.docxAbrir original
- ExpedienteInforme de valoración de los criterios de adjudicación cuantificables mediante juicio de valorAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActa del órgano de asistenciaAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
- ExpedienteActos públicos informativos o de aperturas de ofertasAbrir original
Requisitos y criterios
Exige inscripción en ROLECE
Duración y prórrogas
Duración: 2 años
El plazo de duración del contrato será de desde la fecha de adjudicación hasta la terminación total de los trabajos, que en todo caso será antes del 31 de marzo de 2024 incluyendo la formación de la cuenta general 2023. Dicho plazo podrá ser objeto de prórrogas en caso necesario y por decisión del ayuntamiento de duración de un año , no pudiendo superar los cuatro años la duración inicial más las posibles prórrogas Se establece por tanto la posibilidad de acordar prórrogas siendo la duración máxima del contrato de cuatro años, incluidas las prórrogas. No obstante lo establecido en los apartados anteriores, a tenor de lo establecido en el art. 29.4 de la LCSP, cuando al vencimiento del contrato no se hubiera formalizado el nuevo contrato que garantice la continuidad de la prestación a realizar por el contratista como consecuencia de incidencia resultantes de acontecimientos imprevisibles para el órgano de contratación producidas en el procedimiento de adjudicación y existan razones de interés público para no interrumpir la prestación, se podrá prorrogar el contrato originario hasta que comience la ejecución del nuevo contrato y en todo caso por un período máximo de nueve meses, sin modificar las restantes condiciones del contrato, siempre que el anuncio de licitación del nuevo contrato se haya publicado con una antelación mínima de tres meses respecto de la fecha de finalización.
Criterios de adjudicación
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 40
- Memoria(Juicio de valor)Ponderación: 25
- Experiencia adicional(Automático)Ponderación: 20
- Experiencia en el manejo de la aplicación contable del programa SICALWIN(Automático)Ponderación: 10
- Personal adicional(Automático)Ponderación: 5
Solvencia económica y financiera
- En la presente licitación, la solvencia económica y financiera deberá acreditarse por los siguientes medios: Solvencia económico-financiera: deberá acreditarse por uno o varios de los siguientes medios: a)Se acreditará mediante el volumen anual de negocios que, referido al mejor ejercicio entre los tres últimos disponibles por importe de, al menos, una vez y media el valor estimado del contrato. Se acreditará mediante sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que debiera estar inscrito o por cualquier medio admitido en derecho que permita autenticar su veracidad.
Solvencia técnica o profesional
- a)Una relación de los principales servicios o trabajos realizados, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en el curso de, como máximo, los últimos 3 años. Se acreditará aportando certificados de buena ejecución expedidos por la empresa o Administración Pública contratante, indicando el objeto del contrato, el importe y la fecha de realización. b)En virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. En este sentido los licitadores deberán adscribir a la ejecución del contrato, como mínimo, tres personas con titulación académica universitaria (al menos, una de ellas deberá ser licenciado en Económicas o en Administración y Dirección de empresas o Graduado en Economía o Diplomado en Empresariales o titulación equivalente), con una experiencia para cada una de las personas de, al menos, 5 años para la prestación del servicio. A los efectos de acreditar la experiencia mínima general de los integrantes del equipo, la declaración jurada que acompañe a los currículos podrá ser individual o podrá sustituirse por una declaración jurada conjunta, firmada por el apoderado de la empresa, reconociendo la veracidad de la información contenida en el currículo. Estos medios personales y materiales formarán parte de la propuesta presentada por los licitadores y, por lo tanto, del contrato que se firme con el adjudicatario. Por este motivo, deberán ser mantenidos por la empresa adjudicataria durante todo el tiempo de realización de este servicio. Cualquier variación respecto a ellos deberá ser comunicada a esta Administración. La inscripción en el ROLECE ACREDITA, salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias descritas, así como la concurrencia o no de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Requisitos específicos
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- No prohibición para contratar
Códigos CPV
- 79110000
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