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Área de Gobierno de Desarrollo UrbanoExpediente: 300/2021/00736Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Redacción del proyecto de ejecución para la demolición parcial de edificio en ejecución de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de abril de 2019, dictada en el Recurso de Apelación 209/2018

Información sobre la licitación Redacción del proyecto de ejecución para la demolición parcial de edificio en ejecución de sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 3 de abril de 2019, dictada en el Recurso de Apelación 209/2018 de Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Puedes consultar otras licitaciones de Área de Gobierno de Desarrollo Urbano, del CPV 71000000 o en Madrid.

Organismo contratante

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano

NIF: P2807900B

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Madrid
Código NUTS
ES300

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
22.364,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
27.060,44 €
Presupuesto base (sin IVA)
29.779,13 €
Baja
24,9 %
Ofertas recibidas
2 (2 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
22.334,35 € – 22.364,00 €
Fecha de adjudicación
12/12/2022
Formalización del contrato
16/12/2022

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 4 meses

No procede.

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 45
  • Mejoras(Automático)Ponderación: 30
  • Memoria Técnica(Juicio de valor)Ponderación: 25

Solvencia económica y financiera

  • Artículo 87.1 apartado a). Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Los licitadores deberán acreditar mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la empresa, un volumen anual de negocios exclusivamente en las labores objeto de este contrato de al menos 30.000 euros IVA excluido, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas.

Solvencia técnica o profesional

  • COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES. La entidad adjudicataria pondrá a disposición los técnicos especializados necesarios con titulación adecuada a las funciones encomendadas y contará al menos con un arquitecto, un aparejador o arquitecto técnico y un delineante. Los licitadores deberán incluir los nombres y cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación objeto del contrato.
  • Artículo 90.1 apartado a). Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Para la acreditación de la solvencia técnica se aportará una relación, firmada por el representante legal de la empresa, de los trabajos realizados en el año de mayor ejecución de los tres últimos, en servicios de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (tomando como criterio de correspondencia entre los trabajos realizados por el empresario y los que constituyen el objeto del presente contrato la igualdad con los tres primeros dígitos del código CPV (71.000000-8), exigiéndose haber realizado estos trabajos por un importe mínimo de 30.000 € IVA excluido, en el año de mayor ejecución de los tres últimos, que incluya importes, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una declaración del empresario, acompañada de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
  • PARA EMPRESAS DE NUEVA CREACIÓN: Artículo 90.1 apartado e). Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Si el licitador fuese una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años (el bajo nivel de contratación que ha existido en la obra pública durante los últimos años permite concluir que pueden existir empresas que no alcancen los requisitos mínimos de solvencia exigidos si solamente se les permite acreditar su solvencia mediante los trabajos ejecutados en los 3 últimos años. Por eso, y para mejorar las condiciones de competencia de la licitación, se procede a ampliar dicho período de 3 años a 5 años), su solvencia técnica se acreditará con una declaración responsable del empresario en el que se garantice la experiencia mínima exigida tanto del personal técnico indicado en la cláusula 8 del PPTP como al Delegado de la Empresa. Además, deberán aportar: Copia compulsada de las titulaciones académicas del personal técnico indicado en la cláusula 8 del PPTP así como del Delegado de la Empresa.

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Declaración sobre trabajadores con discapacidad
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
  • Capacidad de obrar

Códigos CPV

  • 71000000

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