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Junta de Gobierno del Ayuntamiento de CájarExpediente: 786/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Servicio de catering de la Escuela Infantil Municipal ubicada en el municipio de Cájar.

Información sobre la licitación Servicio de catering de la Escuela Infantil Municipal ubicada en el municipio de Cájar de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cájar. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cájar, del CPV 55500000 o en Granada.

Organismo contratante

Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Cájar

NIF: P1803700B

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Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto simplificado
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Granada
Código NUTS
ES614

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
84.366,44 €
Importe adjudicado (con IVA)
92.803,08 €
Presupuesto base (sin IVA)
84.366,44 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
1 (1 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
73.398,80 €
Fecha de adjudicación
02/09/2022
Formalización del contrato
06/09/2022

Documentos

Requisitos y criterios

Exige inscripción en ROLECE

Duración y prórrogas

Duración: 3 años

Criterios de adjudicación

  • OFERTA ECONÓMICA(Automático)Ponderación: 55
  • CERCANÍA DE LAS INSTALACIONES(Automático)Ponderación: 19
  • PLATOS ESPECIALES EL MISMO DÍA DE SUMINISTRO(Automático)Ponderación: 10
  • CONSULTA A NUTRICIONISTA(Automático)Ponderación: 10
  • CHARLAS INFORMATIVAS A PADRES Y MADRES (O TUTORES)(Automático)Ponderación: 6

Solvencia económica y financiera

  • Volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación. La solvencia económica no será exigible en caso de que la empresa este clasificada en el grupo M), subgrupo 6 (hostelería y servicios de cocina), categoría 1 (cuantía del contrato inferior a 150.000 euros).
  • La disposición de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, por importe igual o superior al valor estimado del contrato (92.803,08 €), deberá estar vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas, debiendo aportar además el compromiso de su renovación o prórroga, en su caso, que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. El requisito de la disposición de un seguro se entenderá cumplido por el licitador o candidato que incluya con su oferta un compromiso vinculante de suscripción, en caso de resultar adjudicatario, del seguro exigido, compromiso que deberá hacer efectivo dentro del plazo de diez días hábiles al que se refiere el apartado 150.2 de la LCSP. La acreditación de este requisito se efectuará por medio de certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha de vencimiento del seguro, y mediante el documento de compromiso vinculante de suscripción, de prórroga o de renovación del seguro El seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales no será exigible en caso de que la empresa este clasificada en el grupo M), subgrupo 6 (hostelería y servicios de cocina), categoría 1 (cuantía del contrato inferior a 150.000 euros).

Solvencia técnica o profesional

  • Relación de los medios materiales adscritos al contrato. La solvencia técnica no será exigible en caso de que la empresa este clasificada en el grupo M), subgrupo 6 (hostelería y servicios de cocina), categoría 1 (cuantía del contrato inferior a 150.000 euros).
  • Relación detallada del personal técnico o de las unidades técnicas participantes en el contrato y titulación de éstos. La solvencia técnica no será exigible en caso de que la empresa este clasificada en el grupo M), subgrupo 6 (hostelería y servicios de cocina), categoría 1 (cuantía del contrato inferior a 150.000 euros).
  • Relación de los principales servicios efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, que asciende a 21.654,05 € (EXIGIBLE SOLO A EMPRESAS QUE NO SEAN DE NUEVA CREACIÓN). La solvencia técnica no será exigible en caso de que la empresa este clasificada en el grupo M), subgrupo 6 (hostelería y servicios de cocina), categoría 1 (cuantía del contrato inferior a 150.000 euros).
  • Además de la solvencia exigida en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, se exige la adscripción a la ejecución del contrato, como mínimo, de los medios personales y/o materiales siguientes: Un vehículo isotermo para transporte con ATP en vigor para el transporte de productos perecederos. Personal necesario para la realización de los servicios, con las categorías profesionales de: - Camareros/as: encargados/as de la distribución de los diferentes alimentos a la Escuela Infantil Municipal. - Cocineros/as: encargados/as de la preparación de los diferentes productos alimenticios para la elaboración de los menús. El Personal adscrito al contrato deberá contar con carnet de manipulador de alimentos.

Garantías

  • Especial: 5 %
  • Definitiva: 5 %

Requisitos específicos

  • No prohibición para contratar
  • Capacidad de obrar
  • Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados

Códigos CPV

  • 55500000

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