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Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de CórdobaExpediente: 712/25Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Reparación parcial de la CO-4103, de A-306 en Bujalance a Villa del Río (Córdoba)

Información sobre la licitación Reparación parcial de la CO-4103, de A-306 en Bujalance a Villa del Río (Córdoba) de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba, del CPV 45233000 o en Córdoba.

Organismo contratante

Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Córdoba

NIF: P14000000

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Contrato

Tipo
Obras
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Córdoba
Código NUTS
ES613

Adjudicación

Formalizado

Importe adjudicado (sin IVA)
418.958,13 €
Importe adjudicado (con IVA)
506.939,33 €
Presupuesto base (sin IVA)
495.867,77 €
Baja
15,51 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
418.958,13 € – 456.339,71 €
Fecha de adjudicación
27/01/2026
Formalización del contrato
12/02/2026

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 6 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica respecto al presupuesto base de licitación(Automático)Ponderación: 60
  • Memoria descriptiva sobre el conocimiento del estado actual del tramo de obra y del proyecto(Juicio de valor)Ponderación: 20
  • Programa de trabajo(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Justificación del aumento de calidad en el proceso de ejecución(Juicio de valor)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • En el supuesto de que el contratista pretenda acreditar su solvencia económica y financiera mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en la letra H del cuadro resumen del PCAP. En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, para demostrar la solvencia económica y financiera, se estará al volumen anual de negocios del licitador, que referido al año de mayor volumen de negocio de los tres últimos concluidos sea al menos una vez y media el valor estimado del contrato: se acreditará mediante la presentación de las cuentas anuales, según Anexo nº 2 del PCAP (apartado 2.1.2). Si, por una razón justificada, el empresario no está en condiciones de presentar las referencias solicitadas se le autorizará a acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento de los que por orden sucesivo y subsidiario se han considerado apropiados por el órgano de contratación en el apartado 2.1.2 del Anexo nº 2 del PCAP. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo del Anexo nº 4 del PCAP.

Solvencia técnica o profesional

  • En el supuesto de que el contratista pretenda acreditar su solvencia técnica o profesional mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en la letra H del cuadro resumen del PCAP. En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, para demostrar la solvencia técnica o profesional, el empresario aportará la siguiente documentación: Declaración indicando la maquinaria y material del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente y que deberá reunir el marcado CE. La maquinaria se adscribirá a la ejecución del contrato, teniendo la consideración de obligación contractual especial de ejecución. Este requisito de solvencia podrá acreditarse mediante la integración con medios externos, en los términos del artículo 75 LCSP. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo del Anexo nº 4 del PCAP.
  • En el supuesto de que se exija clasificación o el contratista pretenda acreditar su solvencia técnica o profesional mediante la clasificación, éste la acreditará mediante el correspondiente certificado que incluya, al menos, el/los grupo/s, subgrupo/s y categoría/s, dispuestos en la letra H del cuadro resumen del contrato. En supuestos distintos de los previstos en el párrafo anterior, para demostrar la solvencia técnica o profesional, el empresario aportará la siguiente documentación: Acreditar un volumen total de obras similares, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato, o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos (Obras de extendido de MBC). Los certificados de buena ejecución indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. Estarán expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente, Se entenderá que la empresa es solvente cuando el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% del valor estimado del contrato, o de su anualidad media si ésta es inferior al valor estimado del contrato.Por obra ejecutada se entenderá obra terminada y recepcionada, en los términos establecidos en los artículos 243 LCSP, sin que sea necesario que haya transcurrido el periodo de garantía establecido en cada caso. No obstante lo anterior, a efectos de concurrir a la licitación este requisito se considerará cumplido mediante la declaración responsable que se ajusta al modelo del Anexo nº 4 del PCAP.

Garantías

  • Definitiva: 5 %
  • Especial: 5 %

Requisitos específicos

  • No estar incurso en incompatibilidades
  • Capacidad de obrar
  • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
  • No prohibición para contratar
  • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
  • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social

Códigos CPV

  • 45233000

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