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Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA)Expediente: EMG 115-22Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Contratación de los servicios de retirada y gestión de residuos generados en obra en T.M. De Viator (Almería)

Información sobre la licitación Contratación de los servicios de retirada y gestión de residuos generados en obra en T.M. De Viator (Almería) de Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA). Puedes consultar otras licitaciones de Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA), del CPV 90532000 o en Almería.

Organismo contratante

Dirección de la Empresa para la Gestión de Residuos Industriales, S.A. (EMGRISA)

NIF: A79433660

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Servicios
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Almería
Código NUTS
ES611

Adjudicación

Adjudicado

Importe adjudicado (sin IVA)
446.840,00 €
Importe adjudicado (con IVA)
491.524,00 €
Presupuesto base (sin IVA)
560.366,50 €
Baja
20,26 %
Ofertas recibidas
2
Oferta más baja – más alta
446.840,00 € – 524.913,50 €
Fecha de adjudicación
29/07/2022

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 10 meses

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 70
  • Distancia al centro de producción (hasta 10 puntos): Con el objeto de reducir al máximo posible los riesgos asociados al transporte, la huella de carbono de los traslados y así optimizar el tiempo de respuesta en la sistemática de retirada y reposición de los contenedores, se asignarán 10 puntos como máximo según el siguiente criterio: o 10 puntos: distancia entre Viator y la planta de tratamiento inferior a 50 Km. o 5 puntos: distancia entre Viator y la planta de tratamiento superior a 50 Km e inferior a 100 Km. o 0 Puntos: distancia entre Viator y la planta de tratamiento superior a 100 Km. Medio de acreditación: El licitador deberá aportar: 1. Un documento donde se acredite la ubicación de la planta de tratamiento y 2. Una declaración responsable firmada por el apoderado donde se certifique la distancia entre la planta y el emplazamiento.(Juicio de valor)Ponderación: 10
  • Suministro en obra de autocompactadores (hasta 10 puntos): Se asignarán 10 puntos por la entrega en obra (en caso de ser necesario) de un máximo de 2 autocompactadores de 15 m3 con las especificaciones recogidas en el apartado 4.1.1 del PPT. Los costes derivados del empleo de estos equipos, tanto de su recogida como de su alquiler mensual, deberán ser reflejados en el modelo de oferta económica. Medio de acreditación: El licitador deberá aportar un certificado en el que se comprometa a entregar en obra un máximo de 2 equipos autocompactadores. En dicho certificado deberán recogerse las especificaciones técnicas de los equipos y un compromiso de que, con dichos equipos y teniendo en consideración el residuo plástico generado en la obra, se conseguiría un grado de compactación que garantice al menos un peso de unas 7- 8 tn por traslado.(Juicio de valor)Ponderación: 10
  •  Operación de tratamiento (hasta 10 puntos): Se asignarán 3 puntos por cada residuo (con un máximo de 10 puntos) en el que se acredite una operación de tratamiento que implique su Valoración (operaciones de tratamiento R según la Ley 22/2011). Medio de acreditación: El licitador deberá aportar esta información en el modelo de propuesta económica recogido en el Anexo I. La operación deberá ser la que se refleje en los correspondientes contratos de tratamiento que se suscriban con el adjudicatario.(Juicio de valor)Ponderación: 10

Solvencia económica y financiera

  • Véase cláusula 10.1.2 apartado b del PCAP b)Volumen específico del negocio en contratos similares al objeto de licitación. Se deberá detallar el volumen de negocio en contratos similares al objeto de la licitación debiendo ser en este caso un volumen mínimo igual o superior al del valor estimado de la presente licitación. Medio de acreditación del volumen específico en contratos similares: Deberá ser acreditado mediante declaración jurada y firmada por el oferente/representante
  • Véase cláusula 10.1.2 apartado a del PCAP La solvencia técnica del empresario se acreditará por todos los medios siguientes: a)Volumen anual de negocios, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario). Los licitadores deberán haber ejecutado, en el curso de los tres últimos años, servicios por importe igual o superior a una vez y media el importe del valor estimado de este contrato. Medio de acreditación del volumen anual de negocios - El volumen anual de negocio se acreditará a través de alguno de los siguientes medios, según se trate de: •Empresas (personas jurídicas) inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil. •Empresas (personas jurídicas) no inscritas en el Registro Mercantil: mediante la presentación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el registro oficial en el que deban estar inscritas. •Empresarios/as (personas físicas) inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante la presentación de los libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. •Empresarios/as (personas físicas) no inscritos/as en el Registro Mercantil: mediante las declaraciones del IVA presentadas en el período citado. •Entidades sin ánimo de lucro: mediante la presentación de los libros de contabilidad en los que consten los ingresos anuales de dicha entidad (dentro del período citado) debidamente certificados por su Secretaría. •En el caso de la unión temporal de empresas, se considerará como volumen de negocio la suma de los volúmenes aportados por cada uno de los miembros en un ejercicio anual específico, siempre que el ejercicio anual presentado por cada miembro se corresponda a la misma anualidad.
  • Véase cláusula 10.1.2 apartado c del PCAP c)Seguros de responsabilidad civil por riesgos profesionales. El adjudicatario deberá disponer de una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil general asociada a la actividad objeto del contrato, con cobertura de riesgos profesionales por un importe mínimo de 600.000 euros. Medio de acreditación tenencia del seguro: Se acreditará mediante la certificación de la compañía aseguradora donde consten los importes asegurados y la fecha de vencimiento del seguro o copia de la póliza, así como justificante de estar al corriente de pago de la misma (salvo que esto se indique en el certificado emitido por la compañía). En el caso de unión temporal, al menos uno de los miembros debe disponer de una póliza de seguro de responsabilidad civil por el importe mínimo indicado.
  • Véase cláusula 10.1.2 apartado d del PCAP d)Certificado administrativo expedido por el Órgano competente de que el licitador está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social con una antigüedad de emisión no superior a los 10 días anteriores a la presentación de la oferta.

Solvencia técnica o profesional

  • Véase cláusula 10.1.3 del PCAP La solvencia técnica del empresario se acreditará por todos los medios siguientes: a)Copia de sus autorizaciones como transportista y gestor de residuos (autorización de la Consejería de Medioambiente o administración competente) para todos los residuos objeto de este Pliego, así como de las empresas transportistas o instalaciones donde se desarrollen operaciones de valorización, eliminación o almacenamiento, en el caso de que el ofertante no sea el transportista o gestor final del residuo. En este caso, además, deberá aportar contrato de tratamiento o carta de compromiso de transportista o gestor final.

Requisitos específicos

  • Véase clausula 10.1.1.3 del PCAP Sólo podrán celebrar contratos con EMGRISA quienes acrediten estar en posesión de todas las condiciones mínimas de solvencia económica y financiera y profesional o técnica determinados por el Órgano de Contratación en atención a lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Publico. La clasificación será una manera optativa de acreditación de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional, para las empresas españolas y extranjeras no comunitarias. El documento de clasificación de las empresas deberá de ir acompañado por una declaración firmada por el licitador en la que declare la vigencia de las mismas.
  • Capacidad de obrar
  • No prohibición para contratar

Códigos CPV

  • 90532000
  • 90530000

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