Alcaldía del Ayuntamiento de PeñafielExpediente: 1200/2022Comprobada en la Plataforma de Contratación:
Reforma de Edificio de “ Usos Múltiples” existente en parcela correspondiente al nº 4 de la calle Conde Lucanor
Información sobre la licitación Reforma de Edificio de “ Usos Múltiples” existente en parcela correspondiente al nº 4 de la calle Conde Lucanor de Alcaldía del Ayuntamiento de Peñafiel. Puedes consultar otras licitaciones de Alcaldía del Ayuntamiento de Peñafiel, del CPV 45262700 o en Valladolid.
Organismo contratante
Contrato
- Tipo
- Obras
- Procedimiento
- Abierto
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Valladolid
- Código NUTS
- ES418
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 86.053,93 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 104.125,25 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 87.971,72 €
- Baja
- 2,18 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 86.053,25 € – 87.971,72 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAPPCAP1.pdfAbrir original
- PPTppt.pdfAbrir original
- AnexoANEXO II.pdfAbrir original
- AnexoAnexo I.pdfAbrir original
- ExpedienteComposición de la mesa de contrataciónAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- ExpedienteDECRETO RECTIFICACION ERROR MATERIALAbrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
- Expedientepresupuesto y medicionesAbrir original
- ExpedientePLANOSAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 3 meses
Criterios de adjudicación
- MEJORAS A COSTE CERO PARA EL AYUNTAMIENTO(Automático)Ponderación: 70
- Oferta económica(Automático)Ponderación: 30
Solvencia económica y financiera
- Deberá acreditarse por uno o varios de los medios siguientes: a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a 150.000 euros. b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior a 200.000 euros.
Solvencia técnica o profesional
- Deberá ser acreditada por uno o varios de los medios siguientes: a) Relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, que sean del mismo grupo o subgrupo de clasificación que el correspondiente al contrato o del grupo o subgrupo más relevante para el contrato si este incluye trabajos correspondientes a distintos subgrupos, cuyo importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, avalada por certificados de buena ejecución. b) Indicación del personal técnico u organismos técnicos, integradas o no en la empresa, de los que esta disponga para la ejecución de las obras. c) Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de las obras así como de los técnicos encargados directamente de la misma, siempre que no se evalúen como un criterio de adjudicación. d) En los casos adecuados, indicación de las medidas de gestión medioambiental que el empresario podrá aplicar al ejecutar el contrato. e) Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los tres últimos años. f) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación. De acuerdo con el art. 77 de la Ley LCSP-9/2017 de la Ley de Contratos del Sector Público, del 30 de octubre, al tratarse de una Obra con presupuesto inferior a 500.000 Euros, para su contratación no es exigible la Clasificación del Contratista. Con objeto de dar cumplimiento a lo especificado en el artículo 77 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, aunque no se requiera la clasificación de empresa para contratar, la clasificación propuesta como alternativa para acreditar la solvencia técnica es: GRUPO C SUBGRUPOS 4 y 6 , o bien acreditando el cumplimiento de los requisitos específicos de solvencia exigidos en el anuncio de licitación.
Garantías
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 45262700
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