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Presidencia del Patronato Municipal de Deportes de FuenlabradaExpediente: 2022/SVA/001469Comprobada en la Plataforma de Contratación:

Suministro de productos químicos para el tratamiento y mantenimiento en condiciones óptimas de calidad de aguas para las piscinas municipales del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada

Información sobre la licitación Suministro de productos químicos para el tratamiento y mantenimiento en condiciones óptimas de calidad de aguas para las piscinas municipales del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada de Presidencia del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada. Puedes consultar otras licitaciones de Presidencia del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, del CPV 24000000 o en Comunidad de Madrid.

Organismo contratante

Presidencia del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada

NIF: Q2833003C

Ver adjudicaciones y estadísticas del organismo

Contrato

Tipo
Suministros
Procedimiento
Abierto
Tramitación
Ordinario
Lugar de ejecución
Comunidad de Madrid
Código NUTS
ES30

Adjudicación

Formalizado

HIDROCLORIBERICAB84284512
PYME
Importe adjudicado (sin IVA)
79.956,61 €
Importe adjudicado (con IVA)
96.747,49 €
Presupuesto base (sin IVA)
79.956,61 €
Baja
0 %
Ofertas recibidas
4 (4 de PYMEs)
Oferta más baja – más alta
79.956,60 €
Fecha de adjudicación
23/12/2022
Formalización del contrato
31/01/2023

Documentos

Requisitos y criterios

Duración y prórrogas

Duración: 2 años

2 prórrogas de 1 año de duración cada una de ellas

2 Años

Criterios de adjudicación

  • Oferta económica(Automático)Ponderación: 80
  • Criterios cualitativos(Automático)Ponderación: 20

Solvencia económica y financiera

  • La solvencia económica y financiera se acreditará: Para empresarios, el volumen de negocio del mejor de los tres últimos años deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). El volumen anual de negocios del licitador se acreditará preferentemente mediante la aportación de las cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, o del registro oficial en que deba estar inscrito, del mejor de los tres últimos años concluidos donde se contenga el volumen anual de negocios, no obstante, será admisible cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. Para personas físicas, el volumen de negocio deberá ser al menos una vez el valor estimado del contrato, cuando su duración sea inferior a un año; y al menos una vez el valor anual medio del contrato, si su duración es superior a un año. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante la presentación del modelo 390 (declaración anual de IVA) o modelo 100, declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, o cualquier otro documento de carácter oficial que contenga dicha cifra. En el caso de que el objeto del contrato consista en servicios profesionales, tal y como se establece en los apartados 1.b y 3.b del artículo 87 LCSP, el licitador, bien sea persona física o sociedad profesional, podrá acreditar la solvencia mediante la disposición de un seguro de indemnización de riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a una vez el valor estimado del contrato, aportando además el compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato.

Solvencia técnica o profesional

  • La solvencia técnica se acreditará: La acreditación de la solvencia técnica se efectuará mediante una relación de los principales suministros públicos o privados, efectuados en los tres últimos años, de igual o similar naturaleza a los que constituyen el objeto del contrato; en los que al menos dos, individualmente y por separado, habrán de tener un importe anual medio (con el IVA desglosado) igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato. La anualidad media del contrato se calculará de conformidad con lo establecido en el artículo 36.6 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (dividiendo su precio total por el número de meses de su plazo de ejecución y multiplicando por 12 el cociente resultante). Con carácter material, para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato, se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV.
  • Sistema de gestión de calidad como por ejemplo: - ISO 9001:2015

Garantías

  • Definitiva: 5 %

Códigos CPV

  • 24000000
  • 24960000

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