Junta de Gobierno del Ayuntamiento Las RozasExpediente: 2022019SERComprobada en la Plataforma de Contratación:
Servicio de fuegos artificiales durante las fiestas de San Miguel Arcángel 2022
Información sobre la licitación Servicio de fuegos artificiales durante las fiestas de San Miguel Arcángel 2022 de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Las Rozas. Puedes consultar otras licitaciones de Junta de Gobierno del Ayuntamiento Las Rozas, del CPV 92360000 o en Comunidad de Madrid.
Organismo contratante
Junta de Gobierno del Ayuntamiento Las Rozas
NIF: P2812700I
Ver adjudicaciones y estadísticas del organismoContrato
- Tipo
- Servicios
- Procedimiento
- Abierto simplificado
- Tramitación
- Ordinario
- Lugar de ejecución
- Comunidad de Madrid
- Código NUTS
- ES30
Adjudicación
Formalizado
- Importe adjudicado (sin IVA)
- 22.000,00 €
- Importe adjudicado (con IVA)
- 26.620,00 €
- Presupuesto base (sin IVA)
- 22.177,23 €
- Baja
- 0,8 %
- Ofertas recibidas
- 2 (2 de PYMEs)
- Oferta más baja – más alta
- 19.600,00 € – 22.000,00 €
- Fecha de adjudicación
- Formalización del contrato
Documentos
- PCAP2022019SER PCAP.pdfAbrir original
- PPT2022019SER PPT.pdfAbrir original
- Anexo20220019SER ANEXO II DECLARACION RESPONSABLE.docxAbrir original
- Anexo20220019SER ANEXO I OFERTA ECONOMICA.docxAbrir original
- ExpedienteActa Mesa de Contratación. MEJ.28-2022Abrir original
- ExpedienteActa Mesa de Contratación. MEJ.30-2022Abrir original
- ExpedienteActa Mesa de Contratación. MEJ.32-2022Abrir original
- ExpedienteDocumento de aprobación del expedienteAbrir original
- ExpedienteAcuerdo de iniciación del expedienteAbrir original
- ExpedienteMemoria justificativaAbrir original
Requisitos y criterios
Duración y prórrogas
Duración: 1 año
Prorrogable hasta alcanzar una duración máxima de cinco años.
Criterios de adjudicación
- 1.- Oferta Económica(Automático)Ponderación: 65
- 2.1- Mayor Cantidad Materia Reglamentada(Automático)Ponderación: 20
- 2.2.- Mayor Cobertura del Seguro(Automático)Ponderación: 15
Solvencia económica y financiera
- En el caso de empresas de nueva creación, entendiendo por tales aquellas que tengan una antigüedad inferior a 5 años, la solvencia técnica se acreditará mediante: artículo 90.1 b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
- Se debe acreditar que la relación entre el activo corriente y el pasivo corriente es superior a la unidad o, si fuera inferior, que su importe se pueda compensar con el valor del patrimonio neto, que ha de superar, en todo caso, el importe mínimo establecido en la legislación mercantil para no incurrir en causa de disolución.
Solvencia técnica o profesional
- Se debe acreditar haber prestado servicios en alguno de los tres últimos años del mismo tipo o naturaleza que corresponde al objeto del contrato, que, en cómputo anual acumulado en el año de mayor ejecución debe ser igual o superior al 70 % del presupuesto base de licitación
Garantías
- Especial: 5 %
- Definitiva: 5 %
Códigos CPV
- 92360000
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